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Consulta 09/07/2024
Formulada por: Franc16
Descripción: Cordial Saludo.
Yo tengo residencia temporal desde marzo del presente año, dada por arraigo social, la persona que me hizo el contrato tuvo que darme de baja, y solo cotice con ella al rededor de mes y medio, posteriormente conseguí otro trabajo, en el cual estoy dado de alta. Actualmente quisiera poder emprender y trabajar como autónomo, esto seria posible? En caso de ser afirmativo qué trámite correspondiente debería realizar y posteriormente el próximo año para renovar mi residencia como podría hacerlo?
Espero hacerme entender. De antemano, muchas gracias.
Saludos
Nacionalidad: Uruguay
País de residencia: España
Provincia: Alicante
Respuesta 16/07/2024
Aportada por: Patricio Sánchez Cortés
Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca
Enunciado de respuesta: Hola Franc16. No, no puedes cambiar ahora a trabajo por cuenta propia porque para eso deberías haber presentado un proyecto empresarial cuando solicitaste la residencia por arraigo social y haber solicitado la residencia por circunstancias excepcionales por arraigo social con autorización de trabajo por cuenta propia. Al haber presentado un contrato de trabajo, la autorización de trabajo que te dieron, fue por cuenta ajena. La residencia con autorización de trabajo por cuenta ajena, te la han dado por un año y cuando venza tu autorización, no tienes que renovar, sino modificar tu autorización de residencia por circunstancias excepcionales a residencia y trabajo y aquí es donde te podrían dejar cambiar a residencia y trabajo por cuenta propia si presentas un proyecto empresarial viable y tienes todas las licencias concedidas y cumples con todos los requisitos para este tipo de autorización. En este caso, tienes que informarte bien en la oficina de extranjería de Alicante porque al no ser renovación, sino modificación, esta residencia y trabajo se considera inicial y podrían decirte que no te dejan cambiar a residencia y trabajo por cuenta propia. Acércate a extranjería de Alicante o a cualquier organización que lleve materia de extranjería y pregunta ahí directamente, que conocen mejor cómo trabaja dicha oficina. Suerte y un saludo.
Respuesta 16/07/2024
Aportada por: Patricio Sánchez Cortés
Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca
Enunciado de respuesta: Hola Franc16. No, no puedes cambiar ahora a trabajo por cuenta propia porque para eso deberías haber presentado un proyecto empresarial cuando solicitaste la residencia por arraigo social y haber solicitado la residencia por circunstancias excepcionales por arraigo social con autorización de trabajo por cuenta propia. Al haber presentado un contrato de trabajo, la autorización de trabajo que te dieron, fue por cuenta ajena. La residencia con autorización de trabajo por cuenta ajena, te la han dado por un año y cuando venza tu autorización, no tienes que renovar, sino modificar tu autorización de residencia por circunstancias excepcionales a residencia y trabajo y aquí es donde te podrían dejar cambiar a residencia y trabajo por cuenta propia si presentas un proyecto empresarial viable y tienes todas las licencias concedidas y cumples con todos los requisitos para este tipo de autorización. En este caso, tienes que informarte bien en la oficina de extranjería de Alicante porque al no ser renovación, sino modificación, esta residencia y trabajo se considera inicial y podrían decirte que no te dejan cambiar a residencia y trabajo por cuenta propia. Acércate a extranjería de Alicante o a cualquier organización que lleve materia de extranjería y pregunta ahí directamente, que conocen mejor cómo trabaja dicha oficina. Suerte y un saludo.