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Consulta 15/08/2018
Formulada por: Yiya
Descripción: Hola
Quisiera saber si viajo de turismo a España con mi hija y esposo. Viajamos a conocer pero tengo a mi padre con nacionalidad siempre me ha ayudado económicamente y quisiera saber si él me puede reagrupar y a su vez yo puedo darle papeles a mi hija y esposo.
Gracias
Nacionalidad: Colombia
País de residencia: España
Provincia: Las Palmas
Consulta 22/08/2018
Aportada por: Yiya
Enunciado de respuesta: Buenas tardes Doctora. Mi padre adquirió nacionalidad por origen el lleva más de 20 años en España. Y por eso le preguntaba si me puede dar papeles como régimen comunitario. Quisiera es saber si yo se los puedo dar a mi hija y esposo . Apenas llegue a España. Porque viajo hacer un Tour por europa y me quedo en España
Respuesta 21/08/2018
Aportada por: Rocío Barco Durán
Su tarjeta de presentación: Abogada. Cruz Roja Española - Ciudad Real
Enunciado de respuesta: Buenos días Yiya, Es complicado lo que usted plantea ya que, a priori y sin conocer el caso en profundidad, no existe una dependencia de su padre hacia usted. También habría que preguntarse en qué condiciones su padre adquirió la nacionalidad, si por origen o por opción. En el primer caso, le sería más fácil optar por ella desde allí o cuando resida aquí por un año y a psoteriori solicitar un permiso de residencia por familiar comunitario. Suerte y saludos, Rocío.
Respuesta 22/08/2018
Aportada por: Rocío Barco Durán
Su tarjeta de presentación: Abogada. Cruz Roja Española - Ciudad Real
Enunciado de respuesta: Buenos días Yiya, En ese caso tiene dos opciones: residir legalmente en España durante dos años y solicitar la nacionalidad española o solicitar permiso de residencia por familiar comunitario, si bien, como usted es mayor de 21 años, tendría que probarse que existe una interdependencia entre ustedes como para que su padre le necesite a usted en España o que él le estuviese manteniendo en su país de origen. La clave es la dependencia recíproca para que le concedan este tipo de permiso de residencia y es bastante complejo, no obstante puede ir a la Ofcina de Extranjería de su localdiad e informarse de los requisitos: documentación identificativa de ambos, prueba fehaciente de dependencia, etc. Es decir: Se entenderá que están a cargo aquellos familiares cuyo sostén económico lo proporciona el ciudadano de la UE y necesitan ayuda material para cubrir sus necesidades básicas. Esta dependencia debe darse en el país de origen. Suerte y saludos, Rocío.