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Consulta 14/02/2012
Formulada por: pillis
Descripción: Hola,
La pareja de mi madre se ha enterado que le han incluido en el RAE por un impago de un préstamo de su hija, a la que avaló hace algunos años con su nómina en el Banco Santander.
Ella se ve que tiene un historial de impagos bastante importante y ya no pueden quitarle nada más para poder cobrar la deuda.
Ha llegado a un acuerdo de pago de la mitad de la deuda hasta abril pero él no puede pagar y su hija no quiere hacerse cargo del asunto.
Mi duda es, ¿si la deuda no se paga, le pueden embargar algo?
Teniendo en cuenta que está en el paro, ahora ya no tiene la nómina con la que avaló a su hija y la única propiedad que tiene a su nombre es una vivienda y dos coches. ¿Es recomendable que cambie los coches de titularidad y la casa la ponga a nombre de mi madre para que no le quiten nada? Es que al avalar con la nómina no sé que le podrían llegar a quitar.
Muchas gracias
Nacionalidad: Ecuador
País de residencia: España
Provincia: Valencia
Respuesta 15/02/2012
Aportada por: María del Loreto Blázquez Gallego
Su tarjeta de presentación: Colaboradora Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Hola: Al ser avalista de otra persona, esto implica que si esa otra persona no paga, el avalista se hará cargo de esos pagos, de forma que si tampoco puede hacer frente a los mismos, responderá con sus bienes. Lo que le embarguen, dependerá del valor de lo que ha avalado, si ha sido una casa, es probable que le embarguen su casa, etc. Si aún no está en fase de apremio o embargo, sí puede hacer un cambio de titularidad de los bienes, aunque también implica un coste, en cuanto a escrituras en el caso de la vivienda, y de impuestos en caso de la casa y también de los coches. Tendrá que ponderar que le interesa más, por supuesto. Espero haberte ayudado. Un saludo.