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Consulta 16/02/2022
Formulada por: Atou
Descripción: En julio el año pasado llegué a las Canarias y poco después pedí protección internacional. ¿Sería posible parar el trámite de protección internacional ahora y pedirlo en otro país Schengen? El motivo es que estoy fuera del sistema de acogida, no conozco a nadie en España, no puedo trabajar todavía y no encuentro por donde vivir mientras espero la decisión del gobierno. En Alemania tengo a alguien que me podría alojar.
Nacionalidad: Gambia
País de residencia: España
Provincia: Tenerife
Respuesta 21/02/2022
Aportada por: Emma García Álvarez
Su tarjeta de presentación: Asesora Jurídica Protección Internacional.
Enunciado de respuesta: Buenas tardes: En cuanto a la consulta realizada, debe tener en cuenta que usted ha solicitado protección porque considera que la persecución, la guerra o el riesgo de sufrir daños graves han hecho que tenga que abandonar su país. El país que examinará su solicitud se determinará mediante un proceso establecido por una ley de la Unión Europea denominada comúnmente el «Reglamento de Dublín». Con arreglo a esta ley, solo un país es responsable del examen de su solicitud. En su caso el primer país en el que estuvo fue España, Canaria, donde además formalizó su solicitud de protección internacional, en caso de que usted salga del país se entenderá que ha desistido de su petición de protección internacional. Si estando en un tercer país de la Unión Europea (esta ley se aplica en toda una región geográfica que abarca 32 países, esos 32 países se llaman «países de Dublín».) vuelve a solicitar la protección internacional, se aplicará el Reglamente de Dublín donde establecerán que el país competente para resolver su solicitud es España. Por lo anterior no es recomendable que abandone el territorio hasta que finalicé el trámite. Saludos.