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Consulta     27/01/2021

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Formulada por: Nacho70

Traer a mi pareja

Descripción: Muy buenas.
Mi pareja es de Mauricio. llevamos ya 2 años y medio separados por la distancia y nuestra intención es que venga a España como turista y una vez que esté aqui casarnos para que se pueda quedar a vivir aquí conmigo y más adelante nos gustaría volver a Mauricio. Yo he vivido en Maurcio 11 años.
¿Es viable lo que nos gustaría hacer?
Adelanto que no tenemos documentos que demuestren nuestra relación, salvo el hecho de yo me divorcié en Mauricio por ella.
Espero que me puedan ayudar, por favor, estoy desesperado.
Muchas gracias de antemano.

Nacionalidad: España

País de residencia: España

Provincia: Valladolid

Respuesta 17/02/2021

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Aportada por: Enrique Corredera Benítez

Su tarjeta de presentación: Abogado Cruz Roja Málaga

Enunciado de respuesta:

Buenos días, una vez que su pareja está en España, y os casais, os recomiendo que mireis los requisitos de residencia en Mauricio para nacionales de terceros países.


Saludos,

Consulta 17/02/2021

Aportada por: Nacho70

Enunciado de respuesta:

 Buenos  días.


Muchas gracias por su respuesta, pero...


Mi pregunata "¿Es viable lo que nos gustaría hacer?" me refería a nuestras intenciones aquí, en España. Al hecho de que entre como turista, los papeles que nos pueden pedir para la boda, si es factible vamos....


Dicha pregunta ha quedado sin respuesta.


Muchas gracias de nuevo y reciban un cordial saludo.

Respuesta 17/02/2021

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Aportada por: Enrique Corredera Benítez

Su tarjeta de presentación: Abogado Cruz Roja Málaga

Enunciado de respuesta:

 



 Buenas, una vez que esté en España debereís iniciar un trámite de registo de pareja de hecho o matrimonio, cuando tengaís una de las dos formalizadas, el siguiente paso es obtener una tarjeta de residencia por familiar de ciudadano de la unión europea. 



 


Para el registro de pareja de hecho depende de la Comunidad de residencia (en su caso Castilla y León), o la otra vía sería el matrimonio, en ese caso necesitareis la documentación siguiente:1. Certificado literal de nacimiento. Legalizado y traducido en su caso.

2. Certificado de soltería o, el el caso de estar divorciado, certificado de matrimonio con anotación del divorcio o testimonio de la sentencia de divorcio. Legalizado y traducido.

3. Certificado emitido por el Consulado del país de origen del ciudadano extranjero en España que acredite la capacidad para contraer matrimonio (algunos registros no le exigen).

4. Certificado emitido por el Consulado del país de origen del ciudadano extranjero en España sobre la necesidad de publicación de edictos.

5. Certificado de inscripción consular emitido por el Consulado del país de origen del ciudadano extranjero en España.

6. Pasaporte o NIE en vigor.

7. Certificado de empadronamiento del contrayente extranjero.Una vez tengaís ese trámite solventado, el siguiente paso es solicitar una autorización de residencia por familiar de ciudadano de la unión europea. Los requisitos vienen bien pormenorizados en la hoja informativa de extranjería que te comparto a continuación:


https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/CiudadanosComunitarios/hoja103/index.html


Saludos

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