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Consulta 26/11/2019
Formulada por: ant
Descripción: soy acompañante de estudio de mi esposa, quiero saber si por alguna razón puedo trabajar?
Soy nieto de ciudadano español. Mi padre se encuentra en Cuba pero no tiene ciudadanía, pero toda nuestra familia si, esto me ayuda en algo a la hora de tener permiso de trabajo o para poder buscar?
Tengo oportunidad de trabajo pero quiero saber si puedo hacerlo legal para no perjudicar a mi esposa ni a quien me quiere contratar.
Nacionalidad: Cuba
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Comentario: Solo deseo saber y tener ayuda para hacer las cosas correctas
Respuesta 17/12/2019
Aportada por: Raúl Báez Quintana
Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central
Enunciado de respuesta: Estimado ant Los familiares de estudiante solo están autorizados a entrar y permanecer en España acompañando al/la estudiante y durante el tiempo de estancia pero no podrán obtener la autorización para la realización de actividades lucrativas . Esto se regula en el artículo 41 del Reglamento de Extranjería que puedes consular aquí:https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-7703&p=20151109&tn=1#a42 El hecho de ser nieto de español de origen solo te da el beneficio de poder acceder a la nacionalidad española con tan solo un año de residencia legal (en vez de 10, 5 ó 2 años como el resto de casos) pero has de saber que la autorización por estudios no es una residencia legal sino una autorización de estancia. Espero haberte aclarado, recibe un cordial saludo