Subscríbete a nuestro boletín semanal
Consulta 24/06/2020
Formulada por: KrlosM82
Descripción: Buenas tardes
Me gustaría saber si es necesario hacer formal renuncia a solicitud de protección internacional (1er paso, ante comisaría) en el caso que quiera salir del país y comunidad Schengen.
¿Necesito presentar algún documento expedido por la comisaría en el aeropuertos? O basta con presentar la hoja blanca de manifiesto de voluntad de solicitud de protección internacional?
Gracias de antemano.
Nacionalidad: Nicaragua
País de residencia: España
Provincia: Guipuzcoa
Respuesta 26/06/2020
Aportada por: Carolina Esteban Sánchez
Su tarjeta de presentación: Abogada. Servicio Orientación Jurídica Programa Refugiados Cruz Roja
Enunciado de respuesta: Buenos días, no estoy segura de entender bien su consulta. Usted ha solicitado asilo en España y tiene resguardo de solicitud. Ahora quiere salir de España a algún país del espacio Schengen. Si esa es su consulta, mientras sea solicitante de asilo en España, no le está permitido salir del territorio español. Así se recoge de manera expresa en el propio documento, en la letra pequeña. Si su deseo es ir a otro país Schengen, debe: presentar ante la oficina de asilo, bien por alguno de los registros públicos que estén abiertos en su lugar de residencia, bien a través de algún servicio jurídico de Entidad que en su lugar de residencia ofrezca asesoramiento legal a solicitantes de asilo. (CEAR Calle Cristo, 9. Bis, 5º. Teléfono: 944 248 844 o CRUZ ROJA https://www.cruzrojabizkaia.org/es/contacto-y-oficinas/), escrito en el que recoja sus datos: nombre, NIE y número de Expediente de asilo y exprese su deseo de renunciar al asilo solicitado y motivos por los que renuncia. Si no conservara en su poder su pasaporte debiera pedir en ese escrito que se lo devuelvan indicando su telefono o correo electrónico para que puedan darle cita para su devolución. Este escrito debe estar fechado y fifrmado por usted. Presentado el escrito y si tiene su pasaprote con usted, puede viajar donde quiera si bien tendrá que tener en cuenta lo siguiente: - debe cumplir los requisitos que el país de destino tenga fijados en su normativa de extranjería para entrad en su territorio de personas extranjeras. Si se requisiera visado, debera contar con ello. - si, una vez en ese país, decidiera solicitar asilo allí, cabe la posibilidad de que le retornen a España como país responsable de conocer y resolver su petición de asilo en aplicación del Convenio Dublín (Reglamento (UE) nº 604/2013) al haber sido el primer país de la U.E en el que ha estado desde su salida de Nicaragua. Encontrará más información en el siguiente enlace http://www.interior.gob.es/documents/642317/1201485/Informacion_Reglamento_Dublin_A_ESPA%C3%91OL_126140144.pdf/dde37d35-c3e4-41b2-ac3f-20da55da0245 Saludos.
Consulta 27/06/2020
Aportada por: KrlosM82
Enunciado de respuesta: Buenas. Quizá no me expliqué bien. Mi objetivo es salir de España y de la comunidad Schengen. También tengo mi pasaporte conmigo. Gracias.
Respuesta 29/06/2020
Aportada por: Carolina Esteban Sánchez
Su tarjeta de presentación: Abogada. Servicio Orientación Jurídica Programa Refugiados Cruz Roja
Enunciado de respuesta: Entonces, debe: presentar ante la oficina de asilo, bien por alguno de los registros públicos que estén abiertos en su lugar de residencia, bien a través de algún servicio jurídico de Entidad que en su lugar de residencia ofrezca asesoramiento legal a solicitantes de asilo. (CEAR Calle Cristo, 9. Bis, 5º. Teléfono: 944 248 844 o CRUZ ROJA https://www.cruzrojabizkaia.org/es/contacto-y-oficinas/), escrito en el que recoja sus datos: nombre, NIE y número de Expediente de asilo y exprese su deseo de renunciar al asilo solicitado y motivos por los que renuncia. Este escrito debe estar fechado y fifrmado por usted. Presentado el escrito, como ya tiene su pasaporte con usted, puede viajar donde quiera si bien tendrá que tener en cuenta que: debe cumplir los requisitos que el país de destino, salvo que sea el suyo propio: Nicaragua, tenga fijados en su normativa de extranjería para entrar en su territorio de personas extranjeras de origen nicaraguense. Saludos.
Consulta 30/06/2020
Aportada por: KrlosM82
Enunciado de respuesta: ¡Hola! Buenas tardes. En mi caso, donde vivo no hay dicha oficina de asilo, creo que deberé presentar el escrito a la comisaría. Habrá información que no presentaré como el NIE o número de caso ya que mi caso apenas inicia y estos números aun no se me han asignado. Por otro lado me gustaría saber si la comisaría (en este caso) me otorga algún documento que compruebe que yo era solicitante de protección internacional para no tener problema al momento de mi salida en el aeropuerto. Ya que el agente de inmigración posiblemente mire el sello de ingreso y el tiempo de estadía y expiró hace mucho. Gracias de antemano.
Respuesta 01/07/2020
Aportada por: Carolina Esteban Sánchez
Su tarjeta de presentación: Abogada. Servicio Orientación Jurídica Programa Refugiados Cruz Roja
Enunciado de respuesta: Efectivamente, hay algo que no le entendí bien y es que al decirme que tenía "hoja blanca de manifiesto de voluntad de solicitud de protección internacional" entendí que a lo que hacía referencia era al resguardo que le dan a la persona una vez que tiene la entrevista de petición de asilo y cuenta los motivos por los que salió del país y viene a España en donde pide protección. Este papel se da a quien ya ha pedido asilo y al hacer referencia al mimso se usan los terminos "resguardo u hoja blanca". Realmente usted hacia referencia al papel que le entrega a la perdona cuando dice que quiere pedir asilo en España. En ese papel aparece un dçia y una hora en la que deberá estar en un lugar en concreto para explicar cuales son los motivos por los que pide asilo en España. Este papel es el "manifiesto de voluntad". Durante el Estado de Alarma se ha estado emitiendo otro documento en donde la persona declara que quiere pedir asilo y que, en cuanto se pueda, lo pedirá. A este otro papel se le llama "declaración responsable". Si usted dice que no tiene NIE ni numero de expediente de asilo, es porque no ha hecho aún la entrevista en comisaría. En este caso, puede marcharse cuando usted quiera. No ha iniciado aún procedimiento de asilo y, no tiene por qué comunicar su renuncia a algo que aún no ha comenzado. En respuesta a la posibilidad de tener algún "algún documento que compruebe que yo era solicitante de protección internacional para no tener problema al momento de mi salida en el aeropuerto. Ya que el agente de inmigración posiblemente mire el sello de ingreso y el tiempo de estadía y expiró hace mucho." decirle que para salir de España eso es algo que no se considera y no le van a poner impedimento alguno en su salida.
Consulta 02/07/2020
Aportada por: KrlosM82
Enunciado de respuesta: Muchas gracias por su tiempo y aclaraciones.