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Consulta     05/08/2020

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Formulada por: Jorge vivas

Información sobre Asilo

Descripción: ¿Cómo se puede pedir refugio o casa de acogida en un país y luego traer a la familia y acogerse al trámite?

Nacionalidad: Colombia

País de residencia: España

Provincia: Valencia

Comentario: Solicitar refugio y acojer familia

Respuesta 12/08/2020

Aportada por: Carolina Esteban Sánchez

Su tarjeta de presentación: Abogada. Servicio Orientación Jurídica Programa Refugiados Cruz Roja

Enunciado de respuesta:

 En respuesta a su pregunta, lo primero aclarar que la inseguridad general que puede darse en un país no es motivo de asilo.


Para que una persona extranjera pueda solicitar asilo en España deben darse en ella y en los motivos de salida de su país determinadas circunstancias que quedan recogidas en la ley que regula la protección internacional en España, Ley 12/2009 de 1 de octubre. Estos requisitos o condiciones son:


- Salida del país de origen ante el temor fundado de sufrir un daño de imposible o difícil reparación. Al decir “fundado” se pide que efectivamente haya indicios de que de no haber salido, ese daño en su persona se hubiera producido.


- Alguien debe haber causado ese temor realizando acto de persecución contra usted que haya puesto en peligro su vida.


- Que las autoridades de su país hayan conocido de los hechos y usted pueda evidenciar que las medidas adoptadas por las autoridades de su país no han sido eficaces o ha habido inactividad por parte de las mismas dejándole en situación de desproteccion, motivo por el cual, al no tener protección por quien está obligado a dispensarse la (autoridades de su país), se ha visto obligado a huir y pedir protección en otro país (España).


- Esos actos de persecución hacia usted deben responder a alguno o algunos de los motivos que recoge el artículo 3 de la ley citada: raza, nacionalidad, religión, opinión política, orientación sexual, o pertenecer a grupo social determinado.


- No deben ser actos o circunstancias que afecten a la generalidad o sean comunes en su país pues, otro de los requisitos es que el mal o peligro que usted alegue le afecte a usted de manera individual y concreta.


 


Le aconsejo que se dirija a entidad u ong que en su localidad de residencia atiendan y asesoren a personas solicitantes de asilo. Le ofrecerán más información y resolverán todas sus dudas y preguntas al respecto.


Saludos.

Respuesta 13/08/2020

Aportada por: Carolina Esteban Sánchez

Su tarjeta de presentación: Abogada. Servicio Orientación Jurídica Programa Refugiados Cruz Roja

Enunciado de respuesta:

 Disculpe, me he dado cuenta de que no respondí a todas las cuestiones planteadas.


Completo ahora la respuesta: una vez determine si reúne las condiciones recogida en mi anterior respuesta, deberá conseguir cita para realizar su petición de asilo y explicar los motivos por los que solicita, en España, protección.


Si usted necesita ayuda, bien en forma de alojamiento, bien económica, para mantenerse mientras se resuelve por la Oficina de Asilo su petición, debe solicitar entrevista con la Unidad de Trabajo Social de la Oficina de Asilo. Dado que usted reside en Valencia, le aconsejo que se dirija a entidad o asociación que ofrezca atención y asesoramiento a solicitantes de asilo dado que ellos le darán indicaciones  e información sobre cómo hacer este trámite.


Para poder traer a su familia, deberá terminar su procedimiento de asilo con resolución favorable y, será entonces y no Antea, cuando pueda iniciar un procedimiento de extensión familiar para sus familiares que cumplan los requisitos para ello, principalmente que sean familiares directos y exista dependencia económica respecto de usted. 


Saludos.

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