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Consulta     23/08/2023

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Formulada por: BuenChico27

Ley memoria democratica y Ley 29/1995

Descripción: Quiero aplicar a la Ley de Memoria Democratica, mi bisabuelo era español, y mi abuela obtuvo su nacionalidad por la ley 29 del año 1995. Cabe destacar que mi papá no tiene la nacionalidad española.
Entonces mis dudas son:
¿Puedo aplicar a la nacionalidad directamente por mi abuela?
¿Ó debe aplicar mi papá por mi bisabuelo y luego yo obtener la nacionalidad por mi papá (Anexo 3 de LMD)?

Muchas gracias si alguien se toma la molestia en despejarme esa duda.

Nacionalidad: Venezuela

País de residencia: Venezuela

Comentario: Ley Memoria Democratica

Respuesta 25/08/2023

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Aportada por: Lidia Cófreces López

Su tarjeta de presentación: Abogada en Cruz Roja en Málaga.

Enunciado de respuesta:

Buenos días, 



Conforme la Ley 20/2022 de Memoria democratica podrán obtener la nacionalidad los que cumplan con los siguientes supuestos: 



a) los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española;



b) los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978;



c) los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en la presente ley o en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura (Ley de Memoria Histórica). 



todos los supuestos indicados, será necesario que los interesados formalicen la declaración de opción en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática, sin perjuicio de la posibilidad de prórroga de dicho plazo, por un año más, mediante Acuerdo del Consejo de Ministros. 



Adjunto anexo con toda la información necesaria donde podrás encontrar requisitos y documentación exigible así como contrastar tu situación conforme a lo que indica la Ley: Nacionalidad española por la Ley de Memoria Democrática. (exteriores.gob.es)



No obstante te recomiendo que acudas a la sede de Cruz Roja más cercana para que puedan asesorarte personalmente sobre vías de regularización en caso de que lo precises. 



Un saludo


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