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Consulta     10/09/2018

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Formulada por: formuloconsultas

Medida cautelarísima.

Descripción: ¿Se podría tratar de que la Audiencia Nacional dictase un auto judicial en recurso contencioso administrativo con una autorización para permanecer en España en lo que se resuelve el caso?

De ser así. ¿Se debería solicitar esta medida en el recurso o antes en el anuncio que indica que se va a interponer?

Gracias.

Nacionalidad: Venezuela

País de residencia: España

Provincia: Cantabria

Respuesta 10/10/2018

Aportada por: Rocío Barco Durán

Su tarjeta de presentación: Abogada. Cruz Roja Española - Ciudad Real

Enunciado de respuesta:

 Buenas tardes formuloconsultas,


En primer lugar, disculpa la tardanza en responderle. 


Comentarle que, una vez es anunciado que se va a interponer recurso, los plazos quedan suspendidos. No pueden obligar a una persona a abandonar el territorio hasta que éste no se ha resuelto por parte de la Audiencia Nacional. Es deicr, que aunque a psoteriori sea solicitada dicha medida en el recurso, por el simple anuncio, ya interrumpe los plazos de acuerdo a la Ley 30/92 LRJAP.


 


Saludos y suerte,


Rocío. 

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