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Determinación de la edad de los menores extranjeros indocumentados

EASO (09/02/2021)

Captura vídeo de la EASO La EASO y Consejo de Europa explican el proceso a través de un vídeo animando.

La EASO y el Consejo de Europa han publicado un video animado para que los extranjeros indocumentados, que llegan a las fronteras europeas,  cuya minoría de edad pueda resultar dudosa conozcan que la determinación de su edad debe realizarse de manera que se respeten sus derechos humanos y su dignidad, se realice con su consentimiento informado y tenga en cuenta cualquier particularidad. 

EL Defensor del Pueblo, en apoyo a la iniciativa de la EASO y del Consejo de Europa, ha llevado a cabo la traducción en wolof, bambara y dialectal marroquí del video informativo. La información facilitada en estas lenguas puede ser del máximo interés para la situación que vive Canarias.

El Defensor del Pueblo los remitirá a las distintas autoridades con competencias en la identificación y protección de los menores.

El Defensor del pueblo recuerda que la movilidad de un número importante de menores procedentes de países en vías de desarrollo, sin referentes adultos, en el contexto de flujos migratorios de gran complejidad, en los que se mezclan inmigrantes económicos, refugiados, desplazados y víctimas de trata, hace que la cuestión de la determinación de la edad acabe ocupando un lugar central en el control de los flujos migratorios.

Según datos proporcionados por UNICEF en los países en vías de desarrollo sólo se registran la mitad de los nacimientos de los menores de cinco años. Por ejemplo, más del 64% de los nacimientos que tienen lugar en países del África subsahariana no se registran.

La situación del extranjero indocumentado que llega a territorio nacional, cuya minoría de edad pueda resultar dudosa, no debería obviar esta realidad mundial. 

De lo contrario, puede sucumbirse en la fácil tentación de que toda indocumentación ha sido buscada intencionadamente para burlar la legislación de extranjería.

El Comité Derechos del niño recuerda que las medidas para determinar la edad no sólo deben tener en cuenta el aspecto físico del individuo, sino también su madurez psicológica. Respecto a la evaluación señala que deberá realizarse con criterios científicos, seguridad e imparcialidad, atendiendo al interés del menor y a consideraciones de género, evitando todo riesgo de violación de su integridad física, respetando debidamente su dignidad humana, y, en caso de incertidumbre, otorgando al individuo el beneficio de la duda, de manera que, en la hipótesis de que se trate de un menor, se le trate como tal. Accede a la información completa 

 







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