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Consulta 03/07/2016
Formulada por: thesmall
Descripción: Hola,
Tengo la tarjeta de larga duración y actualmente trabajo por cuenta ajena.
Quisiera saber si tengo derecho a trabajar como autónomo ? ( sera algo mas puntual estilo Freelance para completar mis ingresos )
y esto de Freelance hay una ley que regula eso ? que hay que hacer para tener este estatuto
Gracias
Nacionalidad: Camerún
País de residencia: España
Provincia: Vizcaya
Respuesta 13/07/2016
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimado amigo, La autorización de residencia de larga duración permite trabjar tanto por cuenta ajenta como por cuenta propia (autónomo), sin necesidad de realizar ningún trámite. Incluso puede compatibilizar ambas situaciones, como usted parece que quiere hacer. En cuanto al régimen de "freelance", no es más que un anglicismo que no se recoge en nuestra normativa ni tiene ninguna regulación especial. El régimen que regula nuestra normativa es el de el trabajador autónomo. Suerte y un saludo
Consulta 13/07/2016
Aportada por: thesmall
Enunciado de respuesta: Gracias