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Consulta 02/09/2020
Formulada por: Camiiavilaa
Descripción: Buenos días.
Soy hija de un español que reside en Tenerife, que nunca me reconoció, en este momento tengo 25 años y estoy llegando a un acuerdo con el para que me reconozca y poder obtener la nacionalidad sin necesidad de una demanda, el acepto que nos realicemos la prueba de ADN, en caso que dicha prueba sea positiva, ¿Cual es el siguiente paso que debo realizas? teniendo en cuenta que yo resido en República Dominicana, ¿Es necesario tener que viajar para realizar todo el tramite en España o puedo hacerlo desde República Dominicana? ¿Cuanto tiempo duraría aproximadamente en obtener todos mis documentos en especial el pasaporte?
Gracias!
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: Rep. Dominicana
Respuesta 18/09/2020
Aportada por: Victoria Fdz. Vidal
Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Sevilla
Enunciado de respuesta: Hola Camiiavilaa: Una vez esté reconocida tu filiación, se aplicaría lo que dice el Código Civil español en su artículo 17.2: "La filiación o el nacimiento en España, cuya determinación se produzca después de los dieciocho años de edad, no son por sí solos causa de adquisición de la nacionalidad española. El interesado tiene entonces derecho a optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de dos años a contar desde aquella determinación" Por tanto tienes dos años desde el reconocimiento de la paternidad para pedir la nacionalidad española por opción, que se tramita ante el consulado español en Rep.Dominicana, si sigues residiendo allí cuando esto suceda. Saludos y suerte