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Consulta 26/01/2021
Formulada por: Aryl
Descripción: Hola
Soy Aryel Stefanny Paba escribo en nombre de mi familia, somos una familia inmigrante Colombiana en Solicitud de asilo (Esposo, cuñado con discapacidad cognitiva, hija de 2 meses e hijo de 3 años) hoy en la OAR nos ha salido la resolución con denegacion de asilo y protección internacional quisiera saber como hacer un recurso de reposición ya que en el momento no contamos con recursos para pagar un abogado, agradecería su asesoria
Nacionalidad: Colombia
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 27/01/2021
Aportada por: Sara Casero Loza
Su tarjeta de presentación: Asesora Jurídica de Protección Internacional y Apatridia
Enunciado de respuesta: Buenas tardes Aryel: Para el recurso contencioso-administrativo (plazo de 2 meses), sí es necesario representación de abogado/a. En este caso, diríjase lo antes posible al Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) para solicitar el servicio de Asistencia Jurídica Gratuita (AJG) y le asignarán uno/a. Saludos.
Si desea realizar un recurso de reposición no es necesario abogado/a ni hay un formato concreto, puede hacer un escrito usted misma alegando lo que considere en respuesta a la resolución que ha recibido. Recuerde que tiene el plazo de 1 mes para realizarlo y los plazos legales son estrictos; pasado el plazo, no podrá presentarlo. Puede dirigir el escrito por correo a la OAR, le recomiendo hacerlo por correo certificado para tener prueba de ello. En cualquier caso, si necesita orientación al respecto, en la Comunidad de Madrid hay diversas organizaciones especializadas en Protección Internacional donde solicitar orientación jurídica gratuita: Cruz Roja, CEAR, ACCEM, etc.