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Consulta     29/01/2007

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Formulada por: Giovani11002

A una chica se le vencerá próximamente su tarjeta de trabajo, ¿qué tendría que hacer para poder estar en el país si aún no encuentra un trabajo?

Descripción: Hola, una amiga peruana lleva un año en Pamplona y no tiene trabajo y se le vencerá el permiso de trabajo, mi consulta es, ¿qué tendría que hacer si no le sale nada con Seguridad Social?

Muchas gracias.

Nacionalidad: Perú

País de residencia: España

Provincia: Navarra

Respuesta 28/02/2007

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Aportada por: Judith Sobrino González

Su tarjeta de presentación: Abogada colaboradora de Fundación Migrar - Valladolid

Enunciado de respuesta: Buenos días Giovanni,

Tu amiga puede solicitar la renovación de su autorización de residencia y trabajo dos meses antes de que le caduque. Debe presentar la solicitud debidamente cumplimentada, la fotocopia de su pasaporte en vigor y la fotocopia de la Tarjeta de Identidad de Extranjeros, en vigor. El resto de la documentación que ha de presentar dependerá del tiempo que hayas cotizado en la Seguridad Social:

-Si continúa con las/os empleadores que tramitaron el permiso inicial, bastará un escrito de éstos/as donde se acredite la continuidad de la relación laboral.

- Si puede acreditar una activiad laboral de un mínimo de 6 meses por año, debe adjuntar el contrato de trabajo con nuevo/s empleador/es ( figurando de alta en la Seguridad Social) o nueva oferta de trabajo.

- Si acredita un periodo de actividad laboral de al menos 3 meses por año, debe presentar además :
- La baja no voluntaria de trabajo inicial
- Certificado de haber buscado activamente empleo, expedido por
la oficina pública de empleo, o bien haber participado en programas de inserción sociolaboral de entidades públicas o privadas que cuenten con subvenciones públicas.
- Contrato de trabajo en vigor.

Existe también la posiblidad de renovar para el supuesto de personas desempleadas cumpliendo determinados requisitos, si se cobra una prestación de desempleo.

Existe también un sistema de renovación automatizada implantado por la Administración. Con él, por regla general, se recibe una comunicación previa en la que se informa sobre la renovación , la documentación que haya que aportar, en su caso, y el impreso de solicitud. Como los cambios de domicilio son habituales, es posible que no llegue a recibir esta carta, en estos casos siempre lo podrá obtener a través de internet. El sistema es muy sencillo: accede a la página http://www.map.es , de ahí entra en ¿Servicios¿ y después en ¿Servicios online¿, donde verá el apartado de ¿extranjeros¿, y acto seguido el que se llama ¿renovación autorizaciones trabajo y residencia por cuenta ajena¿. A partir de ahí sólo tiene que introducir su NIE, su fecha de nacimiento, y la fecha de caducidad de su tarjeta o el número de expediente si lo supieras. Verá que le irá pidiendo confirmación de datos hasta que pueda obtener la solicitud debidamente cumplimentada. Si existiera algún dato que no fuera correcto, habría que corregirlo. En todo caso, también te da la opción de imprimir el formulario en blanco, y así lo podría rellenar ella misma. La solicitud la puedes remitir al registro de cualquier órgano de la Administración del Estado , de las CCAA, o de la Administración Local con convenio .

En caso de no cumplir los requisitos que exige la normativa, es recomendable que al menos lo solicite. Ten en cuenta que en estos procedimientos el silencio administrativo ( la falta de respuesta )en el plazo de 3 meses, es positivo, y en todo caso, siempre se puede ver que pasa, y si las circunstancias varían y existe algún apoyo legal, obtener buenos resultados a través de algún recurso.

Mucha suerte con todo, y ya nos contareis como va todo!
Un saludo,

Judith Sobrino

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