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Consulta     21/04/2018

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Formulada por: Galinca

Obtención de la Residencia de larga duración UE

Descripción: Apreciad@s abogad@s:
En vuestra guía Residencia de larga duración-UE pone que hay "otras formas" para acreditar los medios económicos. Me gustaría saber ¿qué formas son y qué cantidad se tiene que demostrar en este caso?
Les agradezco de antemano la atención.
Cordialmente,

Nacionalidad: Rusia

País de residencia: España

Provincia: Barcelona

Respuesta 02/05/2018

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Aportada por: Josefina Martín Martín

Su tarjeta de presentación: Abogada. Cruz Roja Española - Las Palmas

Enunciado de respuesta:

Hola Galinca:


los medios económicos se pueden acreditar con cuentas bancarias, con un trabajo estable, con un familiar directo que tenga trabajo estable y se haga cargo de ti, ..., lo mejor quizá sería que te acercaras a una de nuestras oficinas y nos contaras personalmente tu situación, quizá así podamos ayudarte mejor.


un saludo

Consulta 02/05/2018

Aportada por: Galinca

Enunciado de respuesta:

Es que vivo en Barcelona. La única forma de acreditar los meios en este caso sería la de cta. bancaria. ¿A partir de qué importe sería aceptable para que me concedan dicha residencia?


Muchas gracias.


Gala

Consulta 03/05/2018

Aportada por: Galinca

Enunciado de respuesta:

Pero si hay una opción de mostrar una cuenta bancaria o un depósito de ahorros con una cantidad de dinero ya ganado, cobrado y real, que te puede permitir vivir durante X tiempo sin problemas, ¿por qué tiene que ser complicado? Un contrato de trabajo hoy en día te asegura mucho menos de que estarás cobrando mañana...


Lo único que necesito saber es ¿para cuánto tiempo se calcula el importe indicado? ¿Qué totalidad dineraria se ha de mostrar en la cuenta para acreditar que ya dispones de estos recursos mínimos exigidos para gastar mensualmente?


Si para conseguir esta información es imprescindible acudir a vuestras oficinas, necesitaría la direción de Barcelona, por favor.


Muchas garcias.


Cordialmente,


Gala

Respuesta 03/05/2018

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Aportada por: Josefina Martín Martín

Su tarjeta de presentación: Abogada. Cruz Roja Española - Las Palmas

Enunciado de respuesta:

Estos son los requisitos:


como verás en el apartado de recursos te habla del 150% del valor del IPREM. Este año es de 537,87 euros al mes, así que el importe que debes acreditar al mes es de 806,80. Es complicado sin ingresos periódicos, es mejor que acudas a una de nuestras oficinas, en Barcelona tienes.


REQUISITOS



  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.

  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.

  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.

  • Haber residido legalmente y de forma continuada en el territorio español durante cinco años. La continuidad no quedará afectada por ausencias de hasta seis meses continuados, siempre que la suma no supere diez meses dentro de los cinco años, o que la suma no supere un año, si las ausencias son por motivos laborales.

    Para los cinco años requeridos, se computarán los periodos en situación de estancia por estudios, movilidad de alumnos o prácticas no laborales en el 50% de la duración de los mismos, siempre que en el momento de la solicitud se encuentre en situación de residencia en España.


    A los titulares de tarjeta azul-UE que hayan residido al menos los dos últimos años en territorio español, para computar los 5 años requeridos se les tendrá en cuenta la residencia en la Unión Europea como titular de tarjeta azul-UE. En este caso las ausencias de la Unión Europea podrán ser de hasta doce meses continuados, y la suma de éstas no podrá superar el total de dieciocho meses dentro de los cinco años.



  • Disponer de recursos fijos y regulares para su manutención y, en su caso, de la familia que estuviera a su cargo. Para unidades familiares que incluyan dos miembros se exigirá una cantidad que represente el 150% del IPREM , por cada miembro adicional se deberá sumar un 50% más.

    Los recursos podrán provenir de recursos propios o de la realización de actividades laborales o profesionales.



  • Disponer de seguro de enfermedad público o privado que cubra los riesgos normalmente asegurados a los ciudadanos españoles.

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