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Consulta     26/06/2018

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Formulada por: cyberfat

Reunificación y pregunta sobre registro de matrimonio

Descripción: Soy ciudadano español, nacido en Cuba pero descendiente de españoles por lo cual tengo la ciudadanía, DNI, etc...que debo hacer para llevar a cabo la reunificación de mi esposa (cubana) y mis dos hijos (nacidos en Cuba). El matrimonio se efectuó en Cuba, bajo las leyes cubanas.
Lo que he leído se refiere a Extranjeros con residencia que pretenden reunificar a sus familiares, pero no esta claro para el caso que planteo.
¿donde podría informarme de los pasos a seguir y la documentación a presentar?
¿donde se solicita la reunificación?
Otra pregunta: ¿con el certificado de matrimonio cubano puedo registrar mi matrimonio en un registro civil español?

Nacionalidad: España

País de residencia: España

Provincia: Guadalajara

Respuesta 03/07/2018

Aportada por: Rocío Barco Durán

Su tarjeta de presentación: Abogada. Cruz Roja Española - Ciudad Real

Enunciado de respuesta:

 Buenas tardes Cyberfat,


Para el trámite que nos consulta es necesario acudir y llamar previamente a la Embajada o Consulado más cercano a su familia. Para reagruparles deberán previamente solicitar un visado por reagrupación familiar y, una vez en territorio español, solicitar la residencia por este mismo motivo. El matrimonio puede ser inscrito en este misma embajada o consulado.


La solicitud de visado deberá ser presentada personalmente por el solicitante, es decir, por la persona que pretende ser reagrupada (su mujer e hijos). 


 



 



La documentación que le requerirán generalmente es la siguiente, sin perjuicio de que le soliciten más:



1. Formulario de solicitud de visado de cada familiar que se reagrupe.      


2. Fotografías.


3. Pasaporte con vigencia mínima de 120 días a la fecha de expiración del visado, y cédula de identidad (original y copia).


4. Partida de Nacimiento íntegra del reagrupado, original, expedida dentro de los 4 últimos meses, legalizada por el Registro Civil y apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.


5. Partida de Nacimiento literal española o comunitaria del reagrupante, original, expedida dentro de los 4 últimos meses.


6. Copia del Documento Nacional de Identidad del reagrupante y copia de pasaporte, no original.


7. Certificado de empadronamiento del domicilio en España.


8. Acta de manifestaciones del reagrupante en la que manifieste su deseo de reagrupación familiar.


9. Cónyuge de Español: Original del Certificado literal del Registro Civil o Consular español, donde conste inscrito el matrimonio, expedido dentro de los 4 últimos meses anteriores.

Saludos y suerte,

Rocío.

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