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Consulta     31/01/2019

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Formulada por: ZoeCardoso

Reagrupación de Familiar

Descripción: Buenas tardes, soy ciudadana comunitaria residiendo hace unos pocos meses en España. Poseo el certificado de residente de la UE y deseo reagrupar a mi hermana mayor de edad que no tiene ciudadanía europea, con quien viví toda mi vida; ¿qué posibilidades hay?

Muchas gracias,

Nacionalidad: Polonia

País de residencia: España

Provincia: Valencia

Comentario: Reagrupación de hermana

Respuesta 15/02/2019

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Aportada por: Lucía Artime Gómez

Su tarjeta de presentación: Asesora legal en materia de extranjería. Cruz Roja - Asturias

Enunciado de respuesta:

 Estimada Zoe,


en realidad, ni en el régimen general ni el  comunitario existe la reagrupación familiar referente a hermanos.


Aunque es cierto que, en el régimen comunitario podrías acogerte al concepto de "familiar asimilado", para plantear una residencia para ella, pero tendríais que demostrar que depende de tí en el país de origen (envíos regulares de dinero durante al menos el último año) y que no tiene una unidad familiar independiente.También debes demostrar que dispones de medios económicos suficientes para que ella viva aquí con tus ingresos.


Un saludo

Consulta 16/02/2019

Aportada por: ZoeCardoso

Enunciado de respuesta:

 Lucía,


Gracias por tu respuesta. ¿Tampoco sería posible reagruparla de acuerdo al artículo 2 bis del RD 240/2007 ya que el mismo indica dependencia económica o, convivencia continua? Estoy pensando en el concepto de "familia extensa".


Saludos, 


Zoe

Respuesta 18/02/2019

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Aportada por: Lucía Artime Gómez

Su tarjeta de presentación: Asesora legal en materia de extranjería. Cruz Roja - Asturias

Enunciado de respuesta:

  Estimada Zoe,


con el concepto de "familiar asimilado" me refería precisamente a ese artículo del RD que alude a "familia extensa".


Si puedes demostrar que tu hermana siempre ha dependido de tí y que dispones de medios económicos suficientes, quizás pueda llegar a regularizarse aquí contigo. Depende mucho del criterio de la Oficina de Extranjería; las hay más y menos restrictivas en cuanto a la interpretación de este concepto, así que no te podría asegurar el éxito de vuestra solicitud.


Un saludo y buena suerte


 

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