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Consulta 13/02/2018
Formulada por: Angel9543
Descripción: Buenas tardes, escribo para plantearles mi caso. Soy venezolano solicitante de asilo y recién la semana pasada me he enterado que mi caso ha sido desfavorable, aun no he firmado la denegación. Tengo la autorización de trabajo hasta el 06 de abril con un contrato de trabajo de 6 meses temporal hasta el 05 de mayo. He hablado con la empresa y ellos me harán la renovación y pueden constatar mi continuidad laboral. ¿Existe alguna posibilidad de obtener o cambiar mi permiso?
Por otra parte, también el 21 de marzo me inscribo como pareja de hecho y mi pareja tiene la tarjeta de larga duración (la segunda de 5 años) por lo cual podría hacer la reagrupacion. He ido a comisaria y he planteado este ultima opción y me han dicho que debo estar en mi país de origen y esperar como 6 meses hasta la aprobación. Como es de entender no quiero romper mi relación laboral debido a la oportunidad que tengo con esta empresa.
Es viable tramitar alguno de los dos casos antes de que cese mi autorizacion de trabajo como solicitante de asilo? Gracias
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 28/02/2018
Aportada por: Patricio Sánchez Cortés
Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca
Enunciado de respuesta: Hola Angel9543. Tu contrato de trabajo aunque fuera indefinido, acaba en el momento en que te notifiquen la denegación de tu solicitud de Protección Internacional porque en ese momento la autorización de trabajo que tenías subordinada a la solicitud de Protección Internacional, deja de tener validez, salvo que se recurriera y concedieran una medida cautelar que no suelen hacerlo. Respecto a que te hagas pareja de hecho de una ciudadana extranjera, no puedes solicitar la reagrupación porque ésta se puede hacer cuando la residente legal solicita previamente la autorización de residencia por reagrupación familiar aquí y si se la conceden, tú tienes que estar en tu país para solicitar el visado de residencia por reagrupación familiar. Otra cosa sería que tu pareja tuviera la nacionalidad española o de algún país de la Unión Europea, en cuyo caso sí podrías solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión si ella está de alta en la Seguridad Social como trabajadora o si no lo está, acredita suficientes ingresos y tú un seguro médico pero siempre si ella es ciudadana de la Unión Europea. Como no nos dices el tiempo que llevas en España, no puedo decirte si podrían caber otras opciones como el arraigo social o el laboral. De todas formas, puedes pasarte por Cruz Roja en Madrid y allí solicitar cita para que vean tu caso más directamente y te puedan asesorar con mayor concreción. Suerte y un saludo.