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Consulta     08/12/2016

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Formulada por: EmperatrizdeSumatra

Residencia por razones humanitarias

Descripción: Buenas noches.
A una madre le conceden residencia por razones humanitarias, porque vino con su hijo menor de edad para un trasplante. El niño fallece en julio 2016, pero la madre tiene permiso hasta junio de 2017.
Las preguntas son las siguientes:
* En junio de 2017 la madre puede pedir autorización de residencia y trabajo? O al haber desaparecido la causa por la que le fue concedida la autorización no tiene derecho?
* Si durante su permanencia en España y con la autorización vigente se le diagnostica una enfermedad que requiere trasplante, si la autorización de residencia y trabajo no procediera, ella podría pedir otro permiso por circunstancias excepcionales alegando propia causa?

Gracias por su respuesta.

Nacionalidad: Perú

País de residencia: España

Provincia: Sevilla

Respuesta 09/12/2016

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Aportada por: Francisca Linero

Su tarjeta de presentación: Abogada derecho extranjería.Quiero poner mis conocimientos al servicio de los demás.

Enunciado de respuesta:

Buenos dias,


En cuanto a tu consulta, la tarjeta que tiene actualmente por circunstancias excepcionales, está concedida por un año, después podrá solicitar la tarjeta de residencia y trabajo si cuenta con un contrato y reune los requisitos para ello.


Otra opción, sería solicitar la tarjeta de residencia no lucrativa siempre y cuando contara con medios económicos para vivir.

Respuesta 12/12/2016

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Aportada por: Victoria Fdz. Vidal

Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Sevilla

Enunciado de respuesta:

Buenos días:


Aunque el permiso de esta señora sea hasta verano de 2017, ten en cuenta que la Oficina de Extranjeros puede, de oficio, revisar ese permiso, y habiendo finalizado la causa por la que se le concedió, resolver retirarle ese permiso.


El permiso de residencia lo puede modificar a residencia y trabajo cuando ya lleve un año viviendo y si acredita que han cambiado sus necesidades. Como imagino que ya lleva un año en España, si presenta un contrato de trabajo puede solicitar el cambio a residencia y trabajo.


En cuanto ala última pregunta, efectivamente, estando residiendo en España puede pedir otro permiso por circunstancias excepcionales, razones humanitarias, para ella misma; con los mismos requisitos que para el hijo en su día.


 


saludos

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