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Consulta 21/07/2020
Formulada por: Camilex
Descripción: Necesito tramitar mi tarjeta roja. Mi resguardo de solicitud de Protección Internacional caduca el 25/7/2020 y nadie me da respuesta de si el Real Decreto del 8 de mayo (puntos 3 y 5) siguen vigentes a pesar de que se haya levantado el estado de alarma. No hay citas disponibles y yo NECESITO TRABAJAR para poder subsistir. Los bancos no me aceptan el resguardo de solicitud para abrir cuentas, el documento no dice que estoy autorizada para trabajar, y el decreto no aparece actualizado luego del cese de estado de alarma. He tratado de hacer cita con un consejero legal en la sede de la Cruz Roja cercana al metro Simancas, pero no me atienden. Por favor, agradecería mucho que me ayudaran.
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 06/08/2020
Aportada por: María Consolación Peláez Sanmartín
Su tarjeta de presentación: Migrantes, refugiados y solicitantes de protección internacional
Enunciado de respuesta: Buenas tardes. Su resguardo de solicitud de protección internacional ha quedado prorrogado por la Instrucción 9/2020 de la Dirección General de la Policía. Igualmente, en la misma Instrucción 9/2020, se dice que a partir del sexto mes desde la fecha de la solicitud, la persona tendrá autorización para trabajar. En el siguiente enlace puede ver la Instrucción https://www.icab.es/files/242-502001-DOCUMENTO/Instruccion-9-2020-Ministerio-Interior.pdf.pdf Y si no ha podido ser atendida telefónicamente en la Cruz Roja, puede acudir a las oficinas de la calle Valdecanillas 112, en horario de 9 a 14 h., de lunes a viernes, donde la atenderán presencialmente. Un saludo.