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Consulta     26/06/2015

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Formulada por: Simon

Ausencia por beca fuera de la UE 10 meses

Descripción: Hola, buenos días:

Tengo actualmente una tarjeta de residente permanente UE que caduca en 2017, y estoy cursando estudios de máster aquí en Madrid. Mi pregunta surge porque me han dado una beca para trabajar en una universidad estadounidense como lector de español y me tendría que ir en agosto. Por la carestía que supone y porque realmente no estaré todo el año fuera, me planteo volver solo al finalizar el curso académico. Además, mi madre está pensando en solicitar la residencia en régimen comunitario para mi hermano y para mí,al ser ya ella española, y no sé si realmente me conviene, ¿pues pasaría a depender otra vez de ella?
En definitia, mi pregunta es: ¿sirve la beca para justificar mi ausencia del país durante los 10 meses que dura el curso? ¿Puedo formalizar la solicitud y marcharme, pues en el momento de hacerla cumpliría los requisitos de residencia física?, ¿o tal vez es mejor esperar a la vuelta para hacerlo una vez justificada mi ausencia? Lo que no quiero es que me anulen el proceso por no estar en España si a los 5 meses me dan cita a la Policía o tener que esperar otros 10 años para tener derecho a solicitarla, aunque me parecería algo extremo. A la espera de su respuesta,
reciban mis saludos.

Nacionalidad: Camerún

País de residencia: España

Provincia: Cantabria

Consulta 13/07/2015

Aportada por: Simon

Enunciado de respuesta:

Estimado Javier:


 


Gracias por su respuesta. Yo también me plantée lo mismo, pero mi duda radicaba en que quizá como ya llevaba viviendo mucho tiempo el tipo de residencia comunitaria sería directamente permanente. Pero veo que no es así. Es inicial independientemente del tiempo que lleve de residencia bajo otro estatus.


 


Sin embargo, respecto a la salida y su repercusión en mi solicitud de nacionalidad, todavía aún no me queda claro si salir por una beca se tiene en cuenta como ausencia justificada, como en el caso de desplazamiento por estudios/ayuda humanitaria en el exterior. ¿Quizá demostrando las pruebas de dicha beca y de mi contrato con la univerisdad a la que voy de asistente lingüístico/lector podría valer? ¿Tengo que notificarlo a la Policía antes de partir o vale a posteriori?


 


Bueno, sin más que decir, que tenga un buen día. 


Saludos cordiales.

Respuesta 13/07/2015

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Aportada por: Javier Sánchez Ribas

Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar

Enunciado de respuesta:

 Estimado amigo,


Con su residencia actual puede usted permanecer fuera de la UE hasta 12 meses sin que se extinga su residencia. Por el contrario, la residencia en régimen comunitario se extingue al permanecer más de seis meses fuera de la UE.


Por tanto, mi consejo sería que viaje usted con su autorización inicial y que, una vez de vuelta, se plantee si le interesa modificar su autorización a residencia comunitaria.


En mi opinión, dicha modificación no tiene mucho sentido, ya que tras los últimos cambios legales, es más beneficiosa para usted la residencia de la que ya es titular, que es indefinida y que le facilitaría obtener la residencia en otro país de la UE.


Por el contrario, la residencia comunitaria sería temporal y debería esperar otros cinco años  para obtener la residencia comunitaria permanente, momento en el cual deberá acreditar ciertos requisitos, y en caso de no cumplirlos podrían denegarle dicha residencia.


Suerte y un saludo.

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