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Consulta 11/06/2012
Formulada por: luket
Descripción: Buenos dias,
Quería comentarles mi caso para ver si me pueden por favor orientar:
A partir de julio 2012 empezare mi tramite para obtener la residencia de larga duracion UE, lo que me da la posibilidad de trabajar en otros paises dentro de la comunidad económica europea. Ahora bien se que Reino unido no esta dentro de esa posibilidad por lo cual lo tengo que descartar.
Mi pareja es española y se va por una temporada a Reino Unido a trabajar y no nos hemos casado antes porque ya desde hace 2 años comencé mis tramites para obtener la nacionalidad española por trabajo por cuenta ajena y pensé que saldría eso antes y casarme con el hubiera significado, cancelar ese tramite que ya estaba mas avanzado. Además tengo entendido que para yo obtener la nacionalidad por casamiento debo vivir con el durante 1 año y a partir de ahí solicitarla y no solo eso sino que el debe estar trabajando y demostrar medios económicos y la verdad que con la crisis hace ya casi 2 años que se encuentra en el paro, entonces no vi que era la mejor opción en ese momento.
Ahora la situación ha cambiado como les comente y se va a Inglaterra y hace unos días desde el ministerio de justicia me informaron que mas o menos en 1 año podría tener una respuesta.
Ante esta situación mi pregunta es si cabe la posibilidad de que en un tiempo me pueda casar con mi novio (yo tengo la nacionalidad peruana) en Inglaterra (entrando como turista claro esta) y que nos casemos allá o aquí y que ya como esposa de comunitario me pueda pedir para estar con el y me dieran una residencia que me permita trabajar también.
Por favor si ven alguna alternativa, comunicádmela ya que es muy importante para mi.
Muchas gracias por su colaboración.
Nacionalidad: Perú
País de residencia: España
Provincia: Valencia
Respuesta 14/06/2012
Aportada por: María del Loreto Blázquez Gallego
Su tarjeta de presentación: Colaboradora Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Hola: Para tener opción a la residencia de familiar comunitario, tienes que casarte en España, si esa es la nacionalidad de tu novio. Después, allí donde se traslade él, dentro de la Unión Europea, puedes solicitar la residencia por ser familiar de comunitario, independientemente de tu nacionalidad, y siempre acompañada de él. Si tienes opción a pedir la nacionalidad independientemente de él, puedes hacerlo, como has hecho, no hay problema, y como tú dices, la has iniciado antes que si hubieras esperado a casarte. Otra opción para acceder a la residencia de familiar comunitario es hacerte pareja de hecho, puesto que en principio, en toda la Unión Europea se admite la residencia comunitaria a las personas que acrediten esta circunstancia con un certificado del registro de parejas de hecho, traducido y legalizado. Eso sí, para este caso, deberías preguntar los requisitos específicos que os exigen para registraros como pareja (tiempo previo de empadronamiento, etc.), pues varía según el ayuntamiento. En caso de que pudieráis inscribiros como pareja de hecho, sería bastante más rápido que casaros, y es hasta posible que pudieras viajar con tu novio a Reino Unido a la vez que él. Si queréis la ifnormación concreta sobre las condiciones en las que puedes pedir en Reino Unido la tarjeta de familiar de la UE, aquí te dejo en contacto de la embajada en Madrid: Embajada de Reino Unido en Madrid C/ Fernando el Santo, 16 Espero haberte ayudado. Un saludo.
28010 Madrid.
Tel.: 91.319.02.00-04-08-12-16.
Fax : 91.319.04.23
Consulta 15/06/2012
Aportada por: luket
Enunciado de respuesta: Buenos días María del Loreto, Muchas gracias por su respuesta. Si me permite en letras ROJAS le escribo mis consultas nuevamente a partir de sus respuestas: Para tener opción a la residencia de familiar comunitario, tienes que casarte en España, si esa es la nacionalidad de tu novio. Después, allí donde se traslade él, dentro de la Unión Europea, puedes solicitar la residencia por ser familiar de comunitario, independientemente de tu nacionalidad, y siempre acompañada de él. LA NACIONALIDAD DE MI NOVIO ES ESPAÑOLA Y YO PERUANA CON RESIDENCIA PERMANENTE UE (LA TENDRE EN SEPTIEMBRE). PORQUE CASARNOS EN ESPAÑA Y NO EN INGLATERRA POR EJEMPLO? LO DICE POR LA COMODIDAD PARA EVITAR MAS PAPELEO?
Si tienes opción a pedir la nacionalidad independientemente de él, puedes hacerlo, como has hecho, no hay problema, y como tú dices, la has iniciado antes que si hubieras esperado a casarte. Otra opción para acceder a la residencia de familiar comunitario es hacerte pareja de hecho, puesto que en principio, en toda la Unión Europea se admite la residencia comunitaria a las personas que acrediten esta circunstancia con un certificado del registro de parejas de hecho, traducido y legalizado. VARIAS PREGUNTAS ACERCA DE ESTE TEMA: 1.- SI ME HAGO PAREJA DE HECHO ESO NO SERIA CAMBIAR MI "ESTADO CIVIL"? LO DIGO PORQUE TENGO MIEDO QUE POR CAMBIAR MI CONDICION DE "SOLTERA" MI TRAMITE DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA SE CANCELE, PARE O DEMORE MAS POR ESTA NUEVA CONDICION QUE ADOPTARIA, O NO TIENE NADA QUE VER? 2.- ESTA PREGUNTA ES LA MAS IMPORTANTE...SI ME HAGO PAREJA DE HECHO, APARTE DE RESIDIR CON MI PAREJA, PUEDO TRABAJAR??? ES QUE TENGO UNA PROFESION Y LA VERDAD MUJER DE ESTAR EN LA CASA ESPERANDO AL MARIDO NO SOY. HE INTENTADO LLAMAR A LA EMBAJADA DE UK EN ESPAÑA PERO NO TENIAN IDEA DEL ASUNTO. ME DIERON UN TELEFONO DE REINO UNIDO QUE NO VOY A LLAMAR PORQUE ME CUESTA DINERO Y LUEGO ENTRE A LA WEB EN INGLES PERO NO SON CLAROS CON EL TEMA DE PODER TRABAJAR YO SIENDO PAREJA DE HECHO, PERO DE ACEPTARLO SI QUE LO ACEPTAN. 3.- LO DE LA TRADUCCION Y LEGALIZACION DEL CERTIFICADO DE PAREJA DE HECHO, ME PODRIA DECIR DONDE PUEDO AVERIGUAR QUE SELLOS NECESITAN PARA SER LEGALIZADOS, ES DECIR DE QUE ENTIDADES? Eso sí, para este caso, deberías preguntar los requisitos específicos que os exigen para registraros como pareja (tiempo previo de empadronamiento, etc.), pues varía según el ayuntamiento. ESTOY EN ELLO AVERIGUANDOLO. Muchas gracias por su amable respuesta y disculpe tantas preguntas pero sinceramente ustedes me ayudan más y más rápido que cualquier entidad a la que llamo aquí en España. Saludos cordiales, Verónica Luque
Respuesta 15/06/2012
Aportada por: María del Loreto Blázquez Gallego
Su tarjeta de presentación: Colaboradora Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Hola de nuevo: Para que te concedan la residencia de familiar de comunitario, el matrimonio tiene que estar inscrito en el registro civil del país originario del comunitario. Si tu novio es español, os tenéis que casar en España, básicamente porque si os casáis en Reino Unido, después tendríais que esperar a registrar el matrimonio en el registro civil español, y tardaría mucho más que hacerlo directamente en España. Por cierto, se me olvidó decirte que en este caso también os pedirían el certificado de matrimonio legalizado y traducido. En cuanto a la legalización, tanto del certificado de matrimonio como de pareja de hecho, Reino Unido pertenece al Convenio de la Apostilla de La Haya, por lo que es un simple sello el que os hace falta. Eso sí, llevad ya traducida la documentación para que os apostillen ambos papeles. En esta página tenéis la información sobre lugares donde podéis ir a por la Apostilla de legalización e información adicional: http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1215326297910/Detalle.html Igualmente, aquí te dejo el listado de intérpretes jurados habilitados por el Ministerios de Asuntos Exteriores, que son los autorizados para hacer este tipo de traducciones legales (buscad en vuestra provincia e inglés): La tarjeta de familiar comunitario otorga, allí donde te la concedan, los mismos derechos que en España, es decir, que te autoriza a trabajar. Aquí, seas como pareja de hecho, o seas por matrimonio, te autoriza a trabajar desde el mismo momento de solicitarla. La única duda que se me presenta (por el hecho de que es normativa del país, aunque con las bases generales comunitarias), es si permiten o no ser pareja de hecho registrada para solicitar la tarjeta de familiar de la UE, pero si te dicen que sí, te puedo asegurar que esa tarjeta te autoriza a trabajar, porque el cónyuge que acompaña al comunitario goza de los mismos derechos en toda la UE. Como te digo, no conozco la legislación británica en cuanto a si aceptan o no parejas de hecho, pero mirando en la web de la UE, incluyen a Reino Unido en el grupo de normativa similar a España, que sí acepta a las parejas de hecho, pero no puedo garantizarte la certeza absoluta al respecto. En esta web aparece como familiar con derecho a obtener la tarjeta a las parejas de hecho:http://www.ukba.homeoffice.gov.uk/eucitizens/documents-family/# No te preocupes por el tema del matrimonio para lo que es tu nacionalidad. Afectaría si hubieras pedido la nacionalidad estando casada y ahora te divorciaras, pero no al revés, porque tú tienes derecho a solicitar tu nacionalidad independientemente de tu estado civil, ya que la has pedido por residencia lucrativa y no a cargo de alguien o por matrimonio con español. No obstante, ser pareja de hecho de alguien no altera el estado civil, es una situación administrativa que otorga ciertos derechos y obligaciones, pero no supone ninguna alteración en tu estado en el registro civil. De hecho, si te casaras, la inscripción como pareja de hecho perdería toda su validez, y sin embargo, no te dejan incribirte como pareja de hecho si estás casada, para que entiendas el valor de cada cosa. Por último, decirte que en tu caso, teniendo en cuenta que han pasado 2 años desde que solicitaste la nacionalidad, debe estar a punto de dictarse una resolución, por lo que tal vez sea preferible que tu salida a Reino Unido no sea inmedita, pero vamos, que eso ya es decisión vuestra. Si tienes alguna otra duda y puedo ayudarte, puedes preguntarme lo que quieras. Espero haberte ayudado igualmente. Un saludo.
Consulta 15/06/2012
Aportada por: luket
Enunciado de respuesta: Gracias María del Loreto por su respuesta. Entonces me queda claro que no debo preocuparme por el tema de la nacionalidad. Como le decía lo he averiguado con jueces que conozco y han podido ver el expediente y está todo muy atrasado pero igualmente estaré atenta. Respecto a la web que me ha dado sobre la normativa en UK para parejas de hecho habla de los papeles y todo eso pero no SI puedo trabajar en UK, eso es lo más importante, pero me imagino que estando allá mi novio lo podrá averiguar más rápido. El ha llamado y están dando cita para noviembre por lo que igualmente habrá que esperar. Una última pregunta, en cualquier caso el trámite de pareja de hecho es menos engorroso y costoso que casarse? lo digo porque no estamos para gastar tanto dinero y por el papeleo que me con lleva al no ser comunitaria. Creo que hacerme pareja de hecho lo haré igualmente, porque ya veo que país donde vayamos, mientras que no sea comunitaria siempre tendré este tipo de inconvenientes y si con ésta unión podemos trabajar y vivir juntos, será lo mejor no? Gracias. Verónica
Respuesta 15/06/2012
Aportada por: María del Loreto Blázquez Gallego
Su tarjeta de presentación: Colaboradora Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Hola de nuevo: Como te dije, tus dudas al 100% respecto a si siendo pareja de hecho te dan la tarjeta comunitaria, no te las puedo resolver, aunque según toda la información que he visto, y que te he mandado, SI puedes obtener la residencia comunitaria siendo pareja de hecho simplemente, y no casándote. Lo que si puedo afirmarte 100% es que si te conceden tu tarjeta de familiar de residente de la UE, puedes trabajar en el Reino Unido, porque eso es algo que impone la UE, y deben cumplir todos los países miembros. Ser pareja de hecho es mucho más fácil y rápido que contraer matrimonio, pero se han de cumplir unos requisitos para ello. Si los cumplís, y en UK aceptan este certificado como válido para darte tu tarjeta de familiar comunitario, es la opción más fácil, desde luego. Espero haber disipado ahora todas tus dudas Un saludo.
Consulta 17/06/2012
Aportada por: luket
Enunciado de respuesta: Muchas gracias María del Loreto está todo aclarado. Continuaré con los procedimientos. Saludos y nuevamente gracias su web es de gran ayuda y estoy muy conformes con ustedes. Verónica Luque
Respuesta 17/06/2012
Aportada por: María del Loreto Blázquez Gallego
Su tarjeta de presentación: Colaboradora Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Gracias a ti por utlizar nuestro servicio. Un saludo y ¡suerte!