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Consulta     26/05/2015

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Formulada por: Gdlfv

Régimen Comunitario-Residencia permanente y acreditación de medios de vida

Descripción: Hola, en breve tengo que renovar mi permiso de residencia. Soy boliviana y vivo en Barcelona desde el 2003.Durante los primeros 4 años con permiso de estancia por estudios, luego pasé al régimen general el 2007 trabajando desde entonces por cuenta ajena hasta el 2011. En 2009 me casé con un español y el 2010 obtuve el primer permiso de residencia de régimen comunitario. Desde el 2011 hasta ahora he trabajado por cuenta propia durante algunos meses. En junio debo renovar la residencia y al parecer puedo solicitar la residencia permanente como familiar de ciudadano comunitario.
Mi duda es respecto al requisito de acreditar medios de vida.
Estamos preocupados, pues mi marido tiene un contrato laboral sólo de 14,5h a la semana de obra y servicio de duración determinada (de mediados de septiembre a mediados de junio) y otro contrato marco de colaboración (con una editorial), por el cual realiza trabajos puntuales (redacción de contenidos). Actualmente yo no tengo trabajo, aunque estoy realizando un doctorado (gracias a la ayuda familiar) al mismo tiempo que estoy buscando empleo activamente (registrada en el servicio de ocupación como demandante de empleo) y soy beneficiaria del Plan Prepara. Evidentemente no tenemos muchos recursos económicos y no sabemos si eso puede resultar un problema para la renovación de mi residencia. ¿Existe algún riesgo de que denieguen la renovación de mi residencia? ¿Es posible que pierda la residencia?
Si los contratos de mi marido no fuesen suficientes ¿podríamos presentar que tenemos contratada una mutua de salud privada, mi matrícula de la universidad? ¿Qué documentación alternativa podríamos presentar para evitar la denegación de la residencia permanente? ¿Influye en algo mi historial de residencia legal de 12 años en España?
Gracias por su ayuda!

Nacionalidad: Bolívia

País de residencia: España

Provincia: Barcelona

Respuesta 11/06/2015

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Aportada por: Javier Sánchez Ribas

Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar

Enunciado de respuesta:

 Estimada amiga,


Últimamente se han endurecido mucho los requisitos para obtener la residencia permanente en régimen comunitario.


Así, ahora se exige para conceder esta residencia permente que el cónyuge comunitario (en su caso su esposo) esté trabajando y la haya estado de forma regular durante los cinco años de su residencia.


Por tanto, aunque parezca absurdo, para que usted obtenga la residencia permanente es más importante que su esposo esté trabajando a que lo esté usted.


Por lo que que cuenta, su esposo está trabajando en la actualidad, por lo que ese requisito sí lo cumpliría. Pero habria que  ver si ha estado trabajando regularmente para determinar si cumple la otra parte de ese requisito.


Suerte y un saludo

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