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Consulta     03/09/2022

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Formulada por: PROJETS

solicitud de asilo

Descripción: Buenas noches, mi nombre es Marco soy venezolano, en el 2019 decidí salir de Venezuela junto con mis hijos y estratégicamente por nuestra posición geográfica salimos a Colombia por cuestiones económicas viaje con mi esposa a Estados Unidos con la idea de iniciar una nueva etapa en nuestras vidas y en un tiempo no muy lejano reunir a mi familia allí en Estados Unidos, un hijo migro a España donde cuenta con residencia por razones humanitarias y el mayor de mis hijos se encuentra em Colombia esperando el momento oportuno para salir de allí, mi hija logramos que después de 3 años su pudiera reunir con nosotros, con este pequeño preámbulo, formulo mi pregunta, yo solicite asilo en Estaos Unidos pero después de 3 largos años nuestro futuro es muy incierto ya que todavía no hemos tenido la entrevista preliminar por lo que no tenemos nada en absoluto ni siquiera la posibilidad de reencontrarnos con nuestros hijo ni nietos ya que ellos no cuentan con visa Americana, en conclusión , puedo yo solicitar asilo político en España habiendo solicitado asilo en Estados Unidos pero sin ningún proceso ya que ni siquiera hemos tenido la cita de la entrevista que es la que formaliza la solicitud de asilo. estoy pensando en salir de Estados Unidos y viajar a España para pedir asilo allí y así poder reagrupar a toda mi familia después de 3 años. y así empezar una vida nueva en esta Nación.de antemano agradezco su ayuda.

Nacionalidad: Venezuela

País de residencia: EE.UU.

Respuesta 05/09/2022

Aportada por: Carolina Esteban Sánchez

Su tarjeta de presentación: Abogada. Servicio Orientación Jurídica Programa Refugiados Cruz Roja

Enunciado de respuesta:

A la vista de la situación y circunstancias que expone en su consulta, le comento:


el hecho de haber solicitado protección internacional o asilo en EEUU no impide el realizar nueva solicitud en territorio español. Ahora bien, debe saber que la Autoridad española competente para resolver las solicitudes de asilo, La Oficina de Asilo y Refugio dependiente del Ministerio del Interior, valora las estancias y residencias prolongadas en otros paises que no son el pais de origen del solicitante de asilo y lo utiliza como criterio suficiente para denegar el asilo solicitado considerando a ese tercer país país seguro para la persona en el que ha podido establecerse y tener la posibilidad bien de solicitar asilo bien de regularizar su situación en él. En concecuencia, a día de hoy, pudiera ser que viajara hasta España, solicitará asilo y éste le fuera denegado en un corto espacio de tiempo quedando, en consecuencia, en situación administrativa irregular en territorio español.


Un saludo.

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