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Consulta     01/02/2016

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Formulada por: NORBER

Efectos del divorcio en el régimen de residencia

Descripción: Hola.
Teniendo la tarjeta de residencia de familiar comunitario y me he divorciado después de 3 años de convivencia y no he presentado la solicitud de cambio de tarjeta, me informan que es después de 3 meses del divorcio, ¿qué pasa si no lo he hecho en ese plazo?

Si quiero presentar la residencia solo, para cambio de régimen, la oficina de extranjería me acepta copia de la demanda aunque no haya salido la sentencia?

Gracias

Nacionalidad: Colombia

País de residencia: España

Provincia: Alicante

Respuesta 02/02/2016

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Aportada por: Patricio Sánchez Cortés

Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca

Enunciado de respuesta:

 Hola NORBER.



 Si llevas tres años casado, aunque te divorcies sigues conservando la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión y no tienes que cambiar del régimen comunitario al general. Sí que tienes que comunicar tu cambio de estado civil y una vez dictada la sentencia, debes comunicar tu divorcio.


 Los 3 años deben ser desde que te casaste hasta que se iniciaron los trámites del procedimiento de divorcio, es decir, hasta que se puso la demanda y no hasta cuando se dicta la sentencia. Si llevas los tres años, no tienes que solicitar el cambio de residencia. Si no llevaras ese tiempo es cuando deberías solicitar un cambio a la residencia y trabajo del régimen general y para ello tendrías que tener un contrato de trabajo.


 


Suerte y un saludo.

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