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Consulta 06/01/2020
Formulada por: zulywhite
Descripción: Buenas tardes soy trabajadora social en Colombia y deseo viajar a España para aislarme trabajo con jóvenes del sistema de responsabilidad penal para adolescentes y he recibido constantes amenazas por parte de un joven. Y tuve que retirarme de mi empleo. ¿cómo hago para ejercer mi profesión en España? Quiero obtener una visa o permiso de trabajo? Donde consulto para homologar mi carrera en España? Me gustaría trabajar en España en cualquier empleo mientras puedo homologar mi carrera y luego hacer una maestría.
Nacionalidad: Colombia
País de residencia: Colombia
Respuesta 25/03/2020
Aportada por: Carolina Esteban Sánchez
Su tarjeta de presentación: Abogada. Servicio Orientación Jurídica Programa Refugiados Cruz Roja
Enunciado de respuesta: En primer lugar disculpe la demora en responder a su consulta. Para poder viajar a España y establecerse en el país de manera adecuada necesita que una empresa establecida en España le haga un contrato y viajar estando ya vigente ese contrato de trabajo. En caso contrario puede viajar como turista pero debe saber que en este caso, finalizada la vigencia de estancia como turista (90 días) en caso de permanecer en territorio español, su situación administrativa sera irregular y como tal no podrá regularizar su situación y conseguir permiso de residencia y trabajo en tanto no alcance los 3 años de estancia en España. Durante estos 3 años no podrá acceder al mercado de trabajo normalizado porque no cumplirá el requisito esencial para ello que es contar con permiso de trabajo. Ahora bien, si el motivo por el que valora abandonar su país, es uno de los motivos que recoge la Convención de Ginebra de 1951 y por la Ley de Asilo española, Ley 12/2009 de 30 de octubre reguladora de la Protección Internacional y Protección subsidiaria, es decir: tiene temor fundado a sufrir un daño de imposible o dificil reparación en caso de mantenerse en su país, sufre acto de persecución por parte del Gobierno o grupo apoyado por su Gobierno o contra el que no toma medidas de protección, puede probar que las autoridades de su país no cumplen su labor de protección a los ciudadanos y en consecuencia está desprotegida no teniendo más opción que la de buscar protección en otro país, esa situación de desprotección y acto de persecución de debe a motivo de raza, nacionalidad, religión, orientación sexual, opición política o pertenece usted a un grupo social determinado (comparte con otras personas unas caranterísticas que les hacen ser objeto de persecución y desprotección), puede plantearse el solicitar protección internacional una vez se encuentre en territorio español. En este último caso, en tanto sea resuelta su petición de protección, se le permitirá estar (estadía) y trabajar una vez transcurran 6 meses desde que haga la petición formal de protección. Esa estadía y permiso de trabajo se mantendrá en el tiempo hasta, como le digo, le resuelvan su petición. Para iniciar los tramites de homologación, se requiere estar en España de manera regular por lo que primero debera procurar obtener permiso de residencia en territorio español. Espero haber aclarado su consulta. Si tiene alguna otra pregunta, no dude en responder esta respuesta. Saludos