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Consulta 10/01/2024
Formulada por: Xile
Descripción: Buenos días, soy poseedor un permiso de residencia de larga duración (común), el cual se encuentra caducado por haber permanecido más de 12 meses continuos fuera de la UE, de hecho han sido 12 años. Me gustaría saber si en esas condiciones es posible recuperarla.; y de ser posible, si vosotros me podéis ayudar en el proceso. Gracias
Nacionalidad: Chile
País de residencia: Chile
Respuesta 10/01/2024
Aportada por: Myriam Fernandez
Su tarjeta de presentación: .
Enunciado de respuesta: Buenas tardes Xile, Desde el Portal Migra prodemos asesorarte y orientarte sobre temas migratorios así como trámites de extranjería. En este caso, te indico que se puede recuperar la residencia de larga duración al cumplir con los siguientes requisitos: 1. No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión. Para solicitar esta recuperación tendrás que brindar los siguientes documentos: - El formulario de solicitud EX11 cumplimentado y firmado. Recuerda que todos los documentos extranjeros tienen que ser legalizados y traducidos (si no están en castellano o lengua cooficial del territorio donde presentes tu solicitud). Si te encuentras actualmente en el extranjero, tendrás que presentar tu solicitud en la misión diplomática u oficina consular española en cuya demarcación residas. Te dejo aquí la página web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones donde encontrarás toda la información anterior además de detalles adicionales sobre el procedimiento de este trámite. Espero que lo anterior te resulte de utilidad, un saludo.
2. No encontrarse irregularmente en territorio español.
3. Haber sido titular de autorización de residencia de larga duración.
4. Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
5. No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
6. No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
- Copia de tu pasaporte o título de viaje.
- Certificado de antecedentes penales o documento equivalente, expedido por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años.
- Certificado médico.