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Consulta     31/10/2020

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Formulada por: MartinHC91

Modificación de autorización de residencia y trabajo

Descripción: Buenos días,

Cuento con una autorización de residencia y trabajo inicial para investigación nacional bajo la ley 14/2013 (Ley de Emprendedores). Dicha autorización tiene una validez de 1 año y vence el 17/12/2020. Anteriormente conté por un periodo de 1 año y 10 meses con una autorización de estancia para estudios.

Trabajé por 6 meses en un Instituto de investigación y actualmente me encuentro desempleado. Mi deseo es seguir trabajando en España, por tanto, estoy analizando las opciones que tengo para continuar contando con un permiso de residencia y trabajo.

La renovación bajo la figura de investigador nacional está descartada pues no tengo la posibilidad de seguir en el Instituto donde trabajé. Me estoy planteando solicitar una modificación de residencia a residencia y trabajo por cuenta ajena bajo la ley de Extranjería (Régimen general). Entiendo que para poder solicitar esta modificación debo contar con un contrato de trabajo de duración mínima de 1 año y con una remuneración superior al salario mínimo.

La duda que me surge es que si para solicitar la modificación debo esperar a la fecha de expiración de mi autorización actual o si puedo hacerla dentro de los 60 días previos. Esto debido a que técnicamente recién cumpliré el año de residencia requerido en la fecha de expiración de mi autorización actual.

Muchas gracias.

Nacionalidad: Paraguay

País de residencia: España

Provincia: Barcelona

Respuesta 03/11/2020

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Aportada por: Anna Serra Gironés

Su tarjeta de presentación: Abogada. Cruz Roja Española - Girona

Enunciado de respuesta:

 Bona tarda,


En tu caso, si dispones de convenio de acogida como investigador, para solicitar la modificación debes dirigirte a la Oficina de Extranjeros de la demarcación donde estés domiciliado y realizar el trámite que se encuentra detallado en esta hoja informativa:


http://extranjeros.inclusion.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja074/index.html


 


Un saludo,

Consulta 05/11/2020

Aportada por: MartinHC91

Enunciado de respuesta:

 Hola Anna,


 


Gracias por la respuesta. No me queda claro la duda que planteo, es decir, si puedo realizar la modificación dentro de los 60 días anteriores a la expiración de mi autorización actual.


Un saludo

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