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Consulta 09/07/2018
Formulada por: ruth56147
Descripción: Tengo un trabajador de nacionalidad venezolana, tiene asilo político (tarjeta roja ) y le ha caducado el 05 de julio lo tengo dado de alta en en una S.L. y no le dan cita para su renovación hasta el mes de septiembre. ¿Puede seguir dado de alta en la empresa o tengo que darle de baja y luego volver a contratarlo?
Agradecería su pronta respuesta. gracias
Nacionalidad: Colombia
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 09/07/2018
Aportada por: Raúl Báez Quintana
Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central
Enunciado de respuesta: Estimada ruth56147: Este trabajador podrá estar dado de alta en tanto en cuanto no se le notifique la resolución de su expediente de Protección Internacional (asilo). Las personas con tarjeta roja no son refugiadas reconocidas aún, sino que tienen en trámite una solicitud de protección internacional en estudio. El Derecho español les habilita a trabajar legalmente cuando la Administración no ha resuelto su expediente en 6 meses; pero el contrato de trabajo tendría que extinguirse en el caso de que se le deniegue la petición al final. Pero mientras no se le notifique la resolución final, la tarjeta roja seguirá en vigor, aún cuando se tenga cita posterior para su renovación; solo con la notificación de la Resolución que recaiga, se le retiraría la tarjeta roja: Esperando haberle aclarado algo su duda, reciba un cordial saludo.