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Consulta     26/04/2020

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Formulada por: Lsa

Reagrupacion familiar

Descripción: Hola buenas dia, el 06 de marzo me habian concedido reagrupacion de conyuge y recibi la notification. Apartir de Esa fecha tenia dos meses para entregar documents y resolucion en embajada de españa en pakistan pero al estar cerrado la embajada por estado de alarma por covid-19 en pakistan no se ha podido entregar. Mi pregunta es si Esa resolucion sirve o tengo que pedir de nuevo Aqui en extranjeria. Puedo pedir de nuevo Aqui en extranjeria Adjunto la resolucion caducada y les explico ya que no ha sido por mi.

Nacionalidad: Pakistán

País de residencia: España

Provincia: Alicante

Respuesta 29/04/2020

Aportada por: Noemí Otero Franco

Su tarjeta de presentación: España. Abogada. Presto asesoramiento y consejo jurídico altruistamente en materia de extranjería.

Enunciado de respuesta:

 Buenos días,


La resolución es perfectamente válida y se podrá presentar en cuanto acaba el estado de alarma. No va a tener ningún problema y no es necesario solicitar otra.


 


Un saludo

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