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Consulta 25/08/2017
Formulada por: laef
Descripción: Muy buenas tardes:
Soy una ciudadana española (por nacimiento) que reside actualmente en Colombia con mi esposo (colombiano) y nuestro hijo (colombiano/español). En unos meses iremos a vivir a España por un periodo de 6-9 meses por asuntos de estudios de mi esposo, y quisiéramos saber si durante ese tiempo podemos pedir su residencia y después de un año su nacionalidad. Nuestro matrimonio está registrado en la embajada española y tanto mi esposo como mi hijo están en nuestro libro de familia. Sin embargo, yo no he vivido de forma continua en España por unos años, y cuando vayamos ahí yo seguiré empleada por la empresa con la que trabajo aquí en Colombia. Entonces quisiéramos saber si es posible el trámite de reagrupación o si nuestras características no cumplen con los requisitos. Por si es de su interés, mis padres viven en España y por supuesto podrían ayudar con cualquier asunto.
Nacionalidad: España
País de residencia: Colombia
Comentario: Muchísimas gracias!
Respuesta 30/08/2017
Aportada por: Victoria Fdz. Vidal
Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Sevilla
Enunciado de respuesta: Hola LAEF: Una vez estéis en España, tu marido puede pedir una tarjeta de familiar de comunitario, si cumple los requisitos para ello (lo que incluye que tú trabajes o tengáis medios económicos para mantener a la familia sin que sea una carga para la asistencia social en España. Si tú estás trabajando aunque sea a distancia con tu empresa de Colombia, tienes que aportar tus nóminas). Si él tiene una tarjeta de estudiante, ese tiempo no cuenta para la nacionalidad. Tu marido, al estar casada con una española, solo necesita un año de residencia legal y continuada en España para solicitar la nacionalidad. Saludos