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Consulta     26/09/2015

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Formulada por: Luzmila

Renovación tras cinco años de residencia.

Descripción: Buenos días,
Mi consulta es sobre la tarjeta que me tocaría renovar: Obtuve una tarjeta por arraigo social de un año, luego me dieron otra por dos años y la que actualmente tengo es también de dos años hasta el 2016. Sumando serían cinco años de residencia.
¿Yo debo solicitar la tarjeta de Larga Duración o debo solicitar otra de dos años más? no tengo claro cómo debo proceder.
Muchas gracias por su ayuda!

Nacionalidad: Perú

País de residencia: España

Provincia: Madrid

Consulta 02/10/2015

Aportada por: Luzmila

Enunciado de respuesta:

 Mil gracias por su ayuda !!

Respuesta 29/09/2015

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Aportada por: Patricio Sánchez Cortés

Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca

Enunciado de respuesta:

Hola Luzmila.


Por lo que cuentas, ya te correspondería solicitar la residencia de larga duración porque ya llevarías cinco años de residencia legal continuada.


Lo importante es que en este período durante los cinco años en que has estado con residencia legal, no puedes haber estado fuera de España 10 meses o más, porque si ha sido así, entonces no te darían la residencia de larga duración y podrías quedarte sin documentación.


Si has estado fuera 10 meses o más en el cómputo total de los cinco años, sólo podrías renovar por otra residencia de 2 años y para ello te exigirían acreditar los requisitos que te han exigido hasta ahora (contrato de trabajo o ingresos, tiempo cotizado...).


Si no has estado fuera este tiempo, entonces podrías renovar a residencia de larga duración sin necesidad de contrato ni de cotización porque acreditarías los 5 años continuados de residencia legal en España.


Suerte y un saludo.

Consulta 01/10/2015

Aportada por: Luzmila

Enunciado de respuesta:

 Muchas gracias por responder Patricio!!


Entonces  en la fecha exacta que cumplo los cinco años de residencia debo solicitarla ? no es con dos meses de anticipación, verdad?


En la delegación de Gobierno que me corresponde o solamente en los Registros Civiles?


Mil gracias!!

Respuesta 02/10/2015

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Aportada por: Patricio Sánchez Cortés

Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca

Enunciado de respuesta:

Hola de nuevo Luzmila.


En el Registro Civil no hay que hacer este tipo de solicitudes. Lo que se hace en el Registro Civil, es la solicitud de la nacionalidad pero no las autorizaciones de residencia.


Lo mejor es que lo solicites en la oficina de extranjeros correspondiente o en otro registro público que haga llegar la solicitud al órgano competente en resolver y debes solicitarlo, igual que solicitaste la otra renovación, no con dos meses de anticipación, sino dentro de los dos meses anteriores al vencimiento de la que tienes actualmente, es decir, si tu tarjeta, por ejemplo, caducara el 15 de marzo de 2016, pues la solicitud de la residencia de larga duración, la puedes hacer a partir del 15 de enero de 2016.


Suerte y un saludo de nuevo.

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