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Consulta     28/11/2016

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Formulada por: camilita1992

Residencia en España de Argentina con novio italiano

Descripción: Buenos dias,
Mi novio es ciudadano italiano, ambos vivimos en argentina y queremos ir a vivir a españa. (no estamos casados)
en caso de querer hacerlo, ¿es conveniente que nos casemos? ¿tiene que ser si o si en italia? ¿o podemos casarnos en españa para que yo pueda residir regalmente. cuales son las opciones?...la idea es ir en primer medida de vacaciones y luego quedarnos?
Es importante destacar que tengo viviendo en españa a mi abuelo materno que es ciudadano ESPAÑOL y mi abuela (hace 10 años que viven en alicante)
Mi idea es evitar casarme, preferiría conseguir una visa de trabajo, pero en caso de no conseguir como ultima opcion se que podría contraer matrimonio.
Espero su respuesta.
Por último me gustaría saber que documentaciòn importante hay que llevar desde aca, aparte de documento de identidad, pasaporte, partidas de nacimiento.
Gracias.

Nacionalidad: Argentina

País de residencia: Argentina

Respuesta 12/12/2016

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Aportada por: Javier Sánchez Ribas

Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar

Enunciado de respuesta:

 Estimada amiga,


Tienen ustedes varias opciones para que usted pueda obtener la residencia en España en base a su relación de pareja:


a) Contraer matrimonio. Si el matrimonio no lo realizan en Italia, deberían solicitar posteriormente su inscripción en el Registro civil italiano. Pero mientras se realiza el trámite, usted podría solicitar su autorización de residencia.


b) Registrarse en un registro de uniones de hecho en España. No en todas las comunidades autonomas existen estos registros. Y donde existen, no siempre exigen los mismos requisitos. Deberá consultar en el Ayuntamiento de la localidad donde tengan pensado residir en España para ver si tienen esta alternativa, y cuales son los requisitos que se exigen .


c) Como pareja de hecho no registrada. En este caso, se exige acreditar que existe una relación estable, lo que no siempre es fácil de demostar documentalmente. Si se puede acreditar un año de convivencia marital se entiend cumplido este requisito.


En cualquiera de los tres casos, sería necesario, además, que su pareja estuviera trabajando en España o que tenga medios de vida propios.


Puede encontar más información sobre este trámite pinchando aquí.


Suerte y un saludo.

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