Subscríbete a nuestro boletín semanal

actualidad

Asesoría on line

Ver consultas

Consulta     17/08/2015

Foto

Formulada por: alias_54836

Reagrupación Familiar de ascendiente

Descripción: Hola soy ciudadano Brasileño con Nacionalidad Española, me gustaría saber como puedo reagrupar a mi madre. Para que venga a vivir conmigo en España, y trabajar ya que es formada en enfermería y podría trabajar cuidando a personas mayores. Desde luego gracias por vuestra labor.

Nacionalidad: Brasil

País de residencia: España

Provincia: A Coruña

Respuesta 31/08/2015

Foto

Aportada por: Fran Morenilla Belizón

Su tarjeta de presentación: Abogado Cruz Roja Española - Almería

Enunciado de respuesta:

Buenas.


Al tener nacionalidad española, su madre podrá solicitar la tarjeta de familiar de ciudadana de la Unión. No obstante, esta tarjeta ha de solicitarse en la Oficina de Extranjeros correspondiente al domicilio del ciudadano de la Unión. Es decir, que tendrá que venir a España primero y, una vez aquí, solicitar la tarjeta.


Para venir a España puede venir directamente sin solicitar visado de turista, ya que los brasileños están exentos; o bien solicitar un visado de reagrupación familiar en régimen comunitario en el Consulado español. Ésto último sería lo más correcto, aunque hay que valorar el coste de tiempo y dinero que puede conllevar cada opción. Sería interesante que se ponga en contacto con el consulado español para conocer ambos procedimientos, ya que en cada país se hace de una manera.


Uno de los principales requisitos que se exige a los ascendientes de ciudadanos de la Unión es que acrediten que viven a cargo de este (artículo 2.c) RD 240/2007), para ello lo habitual es que se aporten justificantes del eenvío de dinero durante el último año. Pero es muy importante que estos justificantes vayan a nombre del ciudadano de la Unión, es decir, de usted, ya que en caso contrario no se podrá acreditar que su madre vive a su cargo..


Una vez en España, como le he dicho, tendrá que solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión (artículo 8 RD 240/2007). La solicitud la tendrán que firmar ambos, tendrán que acreditar el parentesco que les une y que disponen de medios económicos suficientes (la exigencia de este requisito, siendo usted español, es más que discutible, por tanto, si le denegarna la tarjeta por este motivo no dude en recurrir la denegación). Le adjunto el enlace de la hoja informativa oficial con todos los requisitos y documentos necesarios.


http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/CiudadanosComunitarios/hoja103/index.html


Saludos.

Consulta 01/09/2015

Foto

Aportada por: alias_54836

Enunciado de respuesta:

 Muchas Gracias.

volver

122.421 consultas resueltas - 29.204.010 páginas vistas desde julio 2005

Un espacio de Cruz Roja Española