Subscríbete a nuestro boletín semanal
Consulta 10/04/2021
Formulada por: ROSY ROSSA
Descripción: soy una estudiante y los primer 18 meses de estudios estaban becados por la universidad de pais de origin. luego, he seguido por mi proprio medios economicos. Ahora, estoy autorizada a trabajar a medio tiempo hasta octubre,cuando se caduca mi estancia. voy a complir 3 anos empadronada aqui en espana en octubre tambien. como voy a solicitar la residencia? por arraigo social? Laboral? o puedo cambiar mi estatuto de estudiante a trabajadora aunque estaba becada de mi pais de origin ?
tengo mi hija escolarizada en España y vivo con mi marido. ( sufficiente pruebas de existancia legal en espana)
tambien, cotizo a la seguridad social
gracias de mi responder
atentamente
un saludo
Nacionalidad: Argélia
País de residencia: España
Provincia: Alicante
Respuesta 31/05/2021
Aportada por: Lucía Artime Gómez
Su tarjeta de presentación: Asesora legal en materia de extranjería. Cruz Roja - Asturias
Enunciado de respuesta: Estimada Roy Rossa, disculpa por la demora en la contestación. No sé si a estas alturas ya tendrás aclaradas tus dudas, pero por si no es así, te explicaré tus opciones. Según cuentas, has estado becada, por lo que la opción de solicitar directamente un permiso de residencia y trabajo no va a ser poisible. No obstante, si llevas más de dos años en España y puedes probar una relación laboral de al menos seis meses, podrías acogerte a la nueva propuesta de arraigo laboral, que permite, incluso a quien ha estado trabajando en situación regular, solicitar su residencia por esta vía. El problema es que todavía no se han dictado las Instrucciones para aplicar este nuevo concepto de arraigo laboral y hay Oficinas de Extranjería que todavía no lo admiten a trámite. Y por último, cumplidos tres años podrías acogerte al arraigo social, mediante contrato de trabajo que sea a jornada completa y por un año de duración. El hecho de que tu familia resida aquí contigo no tiene relevancia en este caso, salvo que tu marido o tu hija sean españoles, en cuyo caso podrías solicitar o bien arraigo familiar o bien residencia por régimen comunitario. Un saludo