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Consulta     10/01/2024

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Formulada por: MARTINEZDIAZ92

INFORMACIÓN SOBRE RESOLUCIÓN DE SOLICITUD DE ASILO

Descripción: Buenos dias, ante todo muchas gracias por la labor que hacen, quiero saber como puedo solicitar asistencia para solicitar ante el órgano que haga falta información sobre la resolución de mi trámite de asilo, el cual empecé el 02 de Febrero del 2023 y que desde entonces estoy en espera de respuesta. Actualmente tengo la tarjeta roja ya que la fecha de validez de la hoja blanca que me dieron en la cita se venció. No sé qué debo hacer para solicitar información sobre el estado actual de mi trámite. Vivo en la comunidad de Valencia y tengo entendido que en la comunidad de Madrid existe una opción que a los 6 meses de obtener la hoja blanca se puede solicitar la resolución del trámite y ya con eso obtener la TIE. Espero me puedan ayudar y de nuevo muchas gracias.

Nacionalidad: Venezuela

País de residencia: España

Provincia: Valencia

Respuesta 10/01/2024

Aportada por: Carolina Esteban Sánchez

Su tarjeta de presentación: Abogada. Servicio Orientación Jurídica Programa Refugiados Cruz Roja

Enunciado de respuesta:

Desconocemos cuál es su fuente de información pero no es fiable dado que ni en Madrid ni desde ninguna otra provincia es posible solicitar lo que usted denomina "la resolución del trámite". Es probable que la confusión venga dada porque el procedimiento de solicitud de asilo que se sigue en la Oficina de Asilo, Ministerio del Interior, es un procedimiento administrativo que se regula por la Ley 39/2015 en donde se establece que la Administración debe resolver en un plazo de 6 meses desde que se inician los procedimientos de esta naturaleza pero, este plazo no puede cumplirse debido al gran volumen de solicitudes de asilo que generan la imposibilidad de dar respuesta en plazo. Por ello, es por lo que pasados los esos 6 primeros meses, se concede al solicitante de asilo autorización para trabajar y se prorroga su documento por otro plazo igual de 6 meses aunque ahora los nuevos documentos que se emiten una vez que el resguardo u hoja blanca expira son por 1 año.



Cuando su solicitud esté resuelta, la Oficina de Asilo le comunicará y hará llegar la resolución por correo postal, a través de su carpeta ciudadana si tuviera certificado electrónico habilitado, en mano cuando vaya a hacer el trámite de renovación o mediante publicación en el Boletín Oficial del Estado cuando no haya sido posible notificarle por alguno de los medios mencionados anteriormente.



Esperamos haber aclarado su consulta.



Un saludo.


Consulta 11/01/2024

Aportada por: MARTINEZDIAZ92

Enunciado de respuesta:

Buenos días, gracias por aclarar mi duda, esperare a que me llegue la carta. Mi duda surgió ya que tengo 3 conocidos en Madrid, que es una madre y dos hijos mayores de 18 años y a los 6 meses de obtener la hoja blanca en en la pagina de extranjería solicitaron una cita en la opción que dice  "ASILO-OFICINA DE ASILO Y REFUGIO."nueva normalidad" Expedición/Renovación Documentos.C/ Pradillo 40" en la que le dijeron si su caso estaba resuelto y es su caso si que lo estaban y le dieron el documento correspondiente para que solicitara la cita de "POLICIA-TOMA DE HUELLA EXPEDICIÓN DE TARJETA). RENOVACIÓN DE TARJETA DE LARGA DURACIÓN Y DUPLICADO" donde luego le dieron la TIE por razones humanitarias, en los 3 casos fue el mismo procedimiento. 


Respuesta 11/01/2024

Aportada por: Carolina Esteban Sánchez

Su tarjeta de presentación: Abogada. Servicio Orientación Jurídica Programa Refugiados Cruz Roja

Enunciado de respuesta:

Es extraño dado que cuando se solicita cita por el sistema, en caso de poderla conseguir (porque no resulta nada fácil), la única información que arroja el sistema es la existencia de cita ya asignada cuando se intenta conseguir nueva cita pidiendo, en este caso, que se anule previamente la cita ya asignada. Si puede hablar con ellos, que le expliquen mejor, e intentelo usted mismo a ver si consiguiera la misma información y pudiera tramitar su tarjeta de residencia en menos tiempo.



Saludos


Consulta 11/01/2024

Aportada por: MARTINEZDIAZ92

Enunciado de respuesta:

Si, conseguir la cita es bastante complicado, pero em Madrid va mucho mejor que en Valencia, Ellos han pedido esa la cita con esa opción que le comente antes, fueron a su cita de manera presencial y ahí consultaron el estado de su tramite y le dieron la hoja donde decía la resolución del asilo, en su caso, resuelta y ya con esa hoja pidieron una cita para la toma de huellas en la que le dieron la TIE.



Yo por vivir en Valencia no se si me reciban en Madrid ya que uno de los requisitos es estar empadronado y bueno en mi caso ahora tengo una tarjeta roja con validez de un año. 


Respuesta 12/01/2024

Aportada por: Carolina Esteban Sánchez

Su tarjeta de presentación: Abogada. Servicio Orientación Jurídica Programa Refugiados Cruz Roja

Enunciado de respuesta:

Ahora entiendo. Les entregaron la resolución presencialmente cuando fueron a realizar el tramite de renovacion de sus documentos. 



Esa es una de las formas posibles en la que la Oficina de Asilo comunica la resolución cuando ya ha resuelto el expediente. Como le dije en mi respuesta inicial cuando le decía que:



"Cuando su solicitud esté resuelta, la Oficina de Asilo le comunicará y hará llegar la resolución por correo postal, a través de su carpeta ciudadana si tuviera certificado electrónico habilitado, en mano cuando vaya a hacer el trámite de renovación o mediante publicación en el Boletín Oficial del Estado cuando no haya sido posible notificarle por alguno de los medios mencionados anteriormente."



Si su tarjeta es de duración un año, no es posible solicitar cita para renovar, ni en Madrid, ni en nunguna otra Comisaría de cualquier Provincia, hasta que esté próxima su fecha de caducidad. Mientras tanto, le recomendaría que gestionara certificado digital para poder recibir comunicaciones telemáticas y que esté pendiente del Boletin Oficial del Estado por si saliera publicada su resolución por esta vía.



En todo caso, no se preocupe pues teniendo documento de identidad como solicitante de asilo con autorización de trabajo, puede hacer y tiene los mismos derechos y obligaciones que los que tendrá una vez le concedan, en su caso, permiso de residencia por Razones Humanitarias.


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