Subscríbete a nuestro boletín semanal

actualidad

Asesoría on line

Ver consultas

Consulta     27/05/2016

Foto

Formulada por: Carolina45119

Trabajar con un permiso de estancia de larga duración, habiendo solicitado ya la nacionalidad española

Descripción: Buenos días:
Hace sólo unos días presenté al Registro Civil mi solicitud de nacionalidad española. Soy colombiana y estoy en España con una estancia por investigación y estudios que he venido renovando permanentemente desde hace nueve años. Durante este tiempo no he tenido contratos de trabajo declarados ni he cotizado a la Seguridad Social.

Una familia está interesada en contratarme y darme de alta en la Seguridad Social para cuidar a una persona mayor y enferma en su domicilio. Quisiera saber si es conveniente que yo gestione esta contratación como estudiante, con el permiso que tengo actualmente, con las horas que me son autorizadas para trabajar como tal, o si debo y es conveniente para mí y para la solicitud de nacionalidad que he hecho, el hacer el cambio a permiso de trabajo y residencia y de esta forma cotizar a la Seguridad Social.

Estoy confusa y no sé cómo debiese tratar este tema, ya que, como lo he mencionado, es la primera vez, y está en juego la solicitud de nacionalidad que he hecho.

Agradezco de antemano sus orientaciones.

Nacionalidad: Colombia

País de residencia: España

Provincia: Almeria

Respuesta 03/06/2016

Foto

Aportada por: Fran Morenilla Belizón

Su tarjeta de presentación: Abogado Cruz Roja Española - Almería

Enunciado de respuesta:

Buenas.


Si lo que ha solicitado es la adquisición de nacionalidad española por residencia, seguramente le sea denegada en cuanto que el tiempo que se ha encontrado usted en España no ha sido en situación legal de residencia, sino de estancia. Por tanto, los periodos de estancia no se computan a efectos de adquisición de la nacionalidad por residencia.


Así lo establece el artículo 22 del Código Civil, en donde únicamente se hace referencia a los periodos de residencia, nunca de estancia. Quizá debería confirmarlo en el Registro Civil donde presentó la solicitud, por si quiere desistir formalmente de la solicitud.


Saludos.

volver

122.456 consultas resueltas - 29.204.010 páginas vistas desde julio 2005

Un espacio de Cruz Roja Española