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Consulta     22/01/2017

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Formulada por: Claudia41011

Reagrupación familia extensa

Descripción: Hola, quería saber si cuando mi marido tenga nacionalidad española puede reagrupar a su hermano y la novia ,si es mejor que estén casados o no; él se hace cargo de los dos económicamente.

Gracias por la informacion

Nacionalidad: España

País de residencia: España

Provincia: Guipuzcoa

Respuesta 23/01/2017

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Aportada por: Victoria Fdz. Vidal

Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Sevilla

Enunciado de respuesta:

Hola Claudia:


Cuando tu marido sea ciudadano español, será ciudadano de la UE, y por tanto podrá reagrupar a su hermano en los siguientes casos:



  • Cualquier miembro de la familia que en el país de procedencia estén a cargo del ciudadano de la Unión.

  • Cualquier miembro de la familia que en el país de procedencia conviva con el ciudadano de la Unión. Se entenderá acreditada la convivencia si se demuestra fehacientemente una convivencia continuada de 24 meses en el país de procedencia

  • Cualquier miembro de la familia, que por motivos graves de salud o de discapacidad sea estrictamente necesario que el ciudadano de la Unión se haga cargo del cuidado personal


En cuanto a la novia, se aplican los mismo casos, pero siempre que esté casada con su hermano (o sea pareja registrada, aunque esto último es muy difícil de comprobar, así que mejor si están casados)


En este enlace


http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/CiudadanosComunitarios/hoja103/index.html


encuentras la información sobre esta posible reagrupación.


 


Saludos


 

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