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Consulta     18/10/2016

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Formulada por: ramonalex

Residencia temporal por circunstancias excepcionales. Arraigo social. Hacerse autónomo.

Descripción: Hola,
Quiero buscar conseguir residencia temporal por arraigo, llegue a España hace 5 años, pero he encadenado estancias de estudiantes, y es tiempo de buscar un trabajo.
Mi ultimo NIE caduco el 30 de septiembre de 2016, pero estoy aun buscando un contrato con las 8 horas que exigen para obtener la residencia.
Estaba pensando en solicitar la residencia por arraigo social, pero haciéndome autónomo. Podrían decirme cuanto debe ser el capital con el que debo contar para obtener dicha residencia, y si con esa solicitud debo presentar igualmente un proyecto como autónomo o alguna titulación que acredite el tipo de proyecto que pretendo realizar si consigo dicho permiso. En caso de obtener dicha residencia, ¿puedo compatibilizar ese permiso de trabajo con contratos por cuenta ajena?
Gracias.

Nacionalidad: Venezuela

País de residencia: España

Provincia: Valencia

Respuesta 18/10/2016

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Aportada por: Fran Morenilla Belizón

Su tarjeta de presentación: Abogado Cruz Roja Española - Almería

Enunciado de respuesta:

 Buenas.


En relación al arraigo social por cuenta propia (autónomo), los requisitos, principalmente son los siguientes:


- Prueba de permanencia en España durante los 3 últimos años.


- Carecer de antecedentes penales.


- Vínculos familiares y/o informe de inserción.


- Proyecto.


- Inversión.


El proyecto es lo más característico de esta autorización. La elaboración de este Proyecto puede encargarla en cualquier asociación de autónomos de su ciudad. Lo primordial para obtener este informe es, en primer lugar, saber con exactitud cuál va a ser la actividad que se va a desarrollar; y, en segundo lugar, disponer de los medios económicos  correspondientes al montante de la inversión necesaria para realizar la actividad. Le pongo un ejemplo: si usted quiere montar una frutería, tendrá que aportarle a la Asociación de Autónomos diversa documentación (contrato de alquiler de local, o de traspaso, licencias municipales, facturas de proveedores del antiguo propietario o facturas proforma si se inicia la actividad desde cero, etc), de toda esa documentación la asociación calculará cuántos serán los gastos de esa actividad durante un año (alquiler, proveedores, Seguridad Social, salarios, etc) y obtendrá la cantidad, por ejemplo, de 9.000 €. Finalmente, para obtener un if¡nforme favorable tendrá que acreditar de que dispone de esa cantidad. Y una vez obtenga el proyecto favorable, tendrá que aportarlo en Extranjería junto con el certificado de saldo bancario que acredite que dispone de esa cantidad.


Algo que deber tener en cuenta, es que para acreditar la inversión suficiente le pedirán certificados de movimientos bancarios de los últimos seis meses, por lo que debe colocar el dinero en su cuenta con suficiente antelación.


Le adjunto el enlace de la Hoja Informativa oficial sobre el trámite en cuestión:


http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja036/index.html


Saludos.

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