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Consulta     11/01/2018

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Formulada por: FCH500

Desvinculación con el cónyuge reagrupado

Descripción: Hola, buenas, desearía saber, ¿que pasaría con el cónyuge reagrupado si a la hora de renovar no ha convivido al menos dos años con el reagrupante? Me dicen en Extranjería que si trabaja podría optar por una residencia independiente a la del reagrupante. Sin embargo, el reagrupado solo convivir tres meses una vez entrado a España.

Nacionalidad: Cuba

País de residencia: España

Provincia: Madrid

Respuesta 08/02/2018

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Aportada por: Patricia Bueso Izquierdo

Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Española - Granada

Enunciado de respuesta:


Buenos días,


Conforme le han indicado en la Oficina de Extranjeros, el cónyuge o pareja reagrupada, podrá obtener una autorización independiente, cuando obtenga una autorización para trabajar o tenga medios económicos suficientes para obtener una autorización de residencia temporal no lucrativa, siempre y cuando cumpla los plazos mínimos de permanencia en España,


Puede acercarse a la oficina de Cruz Roja más próxima a su domicilio para que puedan darle un asesoramiento más concreto al caso que nos comenta.


Muchas gracias,



 



 

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