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Consulta 25/12/2019
Formulada por: Juliet2014
Descripción: Buenas tardes
Me casé en Perú en el año 2005 y me separé en el año 2008 sin tener hijos asi mismo hice un trámite de divorcio en 2008 en España obteniendo una sentencia posteriormente llevé dicho documento a la municipalidad donde me casé a fin de realizar la nota registral no siendo admitida toda vez que debería realizar un trámite de exequatur dicho trámite no lo he efectuado hasta la fecha .
Hace poco mi aún esposo falleció deseo saber si como no está registrado el divorcio puedo realizar el trámite de pensión de viudez sin tener incovenientes y qué derechos tengo
Nacionalidad: Perú
País de residencia: Perú
Respuesta 26/12/2019
Aportada por: Raúl Báez Quintana
Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central
Enunciado de respuesta: Estimada Juliet2014 Lo que nos plantea es una cuestión de derecho de familia y de sucesiones. Nosotros solo somos especialistas en derecho migratorio por lo que no podríamos ofrecerle la mejor orientación. El exequatur es el trámite obligatorio para hacer valer una sentencia dictada por un tribunal extranjero pero entendemos que la sentencia de divorcio es un hecho y por tanto esta di por iada no obstante. Pero debe acceder a un asesoramiento especializado por si a efectos de Perú no tiene efecto alguno esa sentencia o, no obstante esa falta de valor ante Perú no tuviese derecho a di ha pensión al constar dicho cambio de estado I il. Le deseamos mucha suerte