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Consulta 07/08/2017
Formulada por: josejeimy
Descripción: Buenas tardes,
Mi pareja y yo, hemos decidido casarnos por poderes. Desde la embajada española, ya que ella está en Bogotá y yo en Bilbao, le dicen que debo ser yo quien inicie los trámites para registrar el matrimonio, además le dicen que ellos se pondrán en contacto con ella. Una vez sabido esto, yo comienzo a moverme para saber lo que tengo que hacer, he ido dos veces al registro civil para preguntar, en la primera vez me dan unas fotocopias informativas que después de leerlas me dejan con dudas, la segunda vez que ha sido hoy, me dicen que ella debe mandarme la documentación para iniciar los trámites, pero de ese punto no pasan... ya que no me dicen nada claro las cosas, más incluido el comentario de que mi pareja no pinta nada en la embajada o consulado.
Bueno mis preguntas son las siguientes: ¿ con el tema de los papeles, es cierto, tiene que enviarlos a mi? ya que por ejemplo, me piden el original de su pasaporte lo cual es imposible que ella me lo envíe para esa gestión. ¿ el envío de los papeles debe ser por correo ordinario o se podrían mandar por mail?.. y por último, qué gestión debe realizar ella para autentificar esos documentos que le piden ya que no creo que simplemente puedes enviarlos tal cual se lo den, ¿no?
Nacionalidad: España
País de residencia: España
Provincia: Vizcaya
Respuesta 01/09/2017
Aportada por: Patricio Sánchez Cortés
Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca
Enunciado de respuesta: Hola josejeimy. Efectivamente los trámites tienes tú que comenzarlos aquí en el Registro, en tu caso, de Bilbao. Tienes que presentar la documentación la misma que si ella estuviera aquí, que básicamente es el certificado de nacimiento y el certificado de soltería. El pasaporte original no tiene que presentarlo porque ese es un documento personal e intransferible. Lo que puede hacer es una copia compulsada ante notario y enviártela. Todos los documentos que te envíe desde allí, deben estar apostillados y además necesitarás un poder que ella otorga a alguien de aquí para que la represente para poderos casar; por eso es por poderes. Una vez que entregas aquí toda la documentación, notificarán al consulado para que ella se pase por allí y la van a entrevistar igual que a ti aquí para valorar si el matrimonio es de conveniencia o no. Si aquí y allí dan el visto bueno, entonces ya continuaría el trámite y os casaríais por poderes aquí, inscribiéndose el matrimonio en el Registro Civil donde se ha tramitado el expediente, Bilbao. Suerte y un saludo.