Subscríbete a nuestro boletín semanal

actualidad

Asesoría on line

Ver consultas

Consulta     22/01/2019

Foto

Formulada por: lalox85

ESTATUS DE REFUGIO

Descripción: Buenas tardes, quisiera saber cuales son los requisitos para optar en España el estatus de refugiado, quisiera conocer que tiempo dura el proceso para que te lo otorguen y si es aplicable en mi caso.
mi caso:
Soy un venezolano casado, con 3 años residiendo en Ecuador con una visa profesional al igual que mi esposa, tenemos un hijo de 2 años nacido en Ecuador, quisiéramos emigrar a España en vista a los riesgos que corremos en este país por los actos de xenofobia generados en los últimos días en contra de los venezolanos.
Pregunto por el caso de refugiado porque he escuchado que es mas rapido poder adquirir los permisos de trabajo mas rapido.
Gracias.

Nacionalidad: Venezuela

País de residencia: Ecuador

Respuesta 12/02/2019

Aportada por: María Consolación Peláez Sanmartín

Su tarjeta de presentación: Migrantes, refugiados y solicitantes de protección internacional

Enunciado de respuesta:

 Estimado Sr.


En respuesta la cuestión que nos plantea podemos decirle que nuestra Ley 12/2009 reguladora de asilo establece lo siguiente: “La condición de refugiado se reconoce a toda persona que, debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no puede o, a causa de dichos temores, no quiere acogerse a la protección de tal país,  [..]”.


Una vez identificado el motivo por el que está solicitando la protección internacional, si estuviese contemplado, es muy importante poder contar con pruebas que demuestren la persecución a la que está siendo sometido. También es importante poder identificar el agente de persecución. A su vez, se ha de demostrar que existe una individualización en la persecución alegada.


El plazo para obtener la autorización para trabajar es a partir del sexto mes desde la fecha de formalización de solicitud de protección internacional.


En su caso quieren marcharse de un país en el que llevan viviendo tres años y se están planteando solicitar protección internacional con base en "actos de xenofobia". Esta cuestión no está contemplada por nuestra ley de asilo, además de no ser el país de su nacionalidad el que pueda estar realizando actos de persecución.


Esperamos haber podido ayudarles.


Atentamente

Consulta 14/02/2019

Aportada por: lalox85

Enunciado de respuesta:

 Gracias por la información. 


 


Igualmente seguimos viendo a España como opción para poder emigrar, quisiera saber o que recomendación me dan para que estatus puedo aplicar para poder optener la residencian en españa. 


Nuestro caso es que somos una familia de tres personas, tenemos un hijo de nacionalidad ecuatoriana de 2 años, y mi esposa y yo somos profesionales, tenemos 3 años recidenciados en Ecuador y salimos de Venezuela en el año 2016 por las condiciones sanitarias que existen en el país. 


Que recomendación me pueden dar para mi caso. 


Gracias. 

Respuesta 20/02/2019

Aportada por: María Consolación Peláez Sanmartín

Su tarjeta de presentación: Migrantes, refugiados y solicitantes de protección internacional

Enunciado de respuesta:

Estimado Sr.


Nosotros no podemos recomendarle la opción legal por la que usted puede optar para residir en España.


La embajada de España en Ecuador tendrá un servicio de información al que usted podrá acudir, y con la información detallada de su caso, podrán orientarle.


Atentamente.

volver

122.456 consultas resueltas - 29.204.010 páginas vistas desde julio 2005

Un espacio de Cruz Roja Española