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Consulta 03/11/2011
Formulada por: alias_58334
Descripción: Hola, me quiero casar con una mujer extranjera que tiene ya la sentencia de divorcio desde hace un mes. La tarjeta de residencia que tenía ha caducado por haberse divorciado y el tiempo que nos dan para la cita en el juzgado sobrepasa los 6 meses que tiene para regularizar la situación. Ella no puede solicitar la residencia por trabajo porque los contratos que tienen son discontinuos y en la empresa no emiten un documento como que se comprometen a contratarla durante un año. Por todo ello, mi pregunta es, ¿puedo y debo contratar a mi pareja extranjera como si fuera empleada de hogar para gestionar su residencia por trabajo y a la vez casarnos? ¿Puede ocasionar algún problema con Hacienda o de otro tipo? Muchas gracias por anticipado.
Nacionalidad: España
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 04/11/2011
Aportada por: María del Loreto Blázquez Gallego
Su tarjeta de presentación: Colaboradora Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Hola: Mientras no estéis casados, no pasa nada con respecto a hacienda ni Seguridad social, una vez casados, sí la tendrías que despedir, porque podrían considerar la contratación en fraude de ley. De todas formas, podéis intentar inscribiros como pareja de hecho, puesto que igualmente sirve para obtener la tarjeta de residencia en régimen comunitario, y ya después, si es vuestro deseo, casaros sin prisa, y comunicar el casamiento a la oficina simplemente para informar. Mientras, si la tarjeta le ha caducado, podéis presentar igualmente la renovación (si tiene tarjeta de residencia y trabajo independiente, o tiene autorización para trabajar), y mientras la resuelven, no está en situación irregular. Espero haberte ayudado. Un saludo.