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Consulta     26/01/2023

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Formulada por: Gina Alexandra

Alta en seguridad social

Descripción: Hola buenas tardes, a la fecha mi esposo y yo estamos en proceso de solicitud de protección internacional, contamos con Carta Blanca expedida el 25 de noviembre de 2022 y permiso de trabajo a partir del 25 de mayo de 2023. Mi esposo ha recibido una oferta laboral con Precontrato el día 17 de enero de 2023, deseamos confirmar si ya podemos realizar la solicitud del número de seguridad social y proceder ser dado de alta por su empleador, el gestor del autónomo que le realizó el contrato nos manifiesta que podemos solicitar el número de seguridad social y otorgarselo para poder hacer el alta, sin que esto genere ningún tipo de consecuencia, manifiesta que ya lo han realizado así antes.

Agradecemos cualquier orientación al respecto para saber si podemos proseguir, o si debemos esperar hasta la habilitación del permiso.

También nos han direccionado a que solicitemos una cita en Extranjería para realizar cambio de estatus a: trabajador por cuenta ajena, esto debido a que su contrato es por tiempo indefinido.

Quedamos atentos a sus comentarios y agradecemos su amable gestión.

Nacionalidad: Colombia

País de residencia: España

Provincia: Toledo

Respuesta 27/01/2023

Aportada por: Laura Martín

Su tarjeta de presentación: Abogada.

Enunciado de respuesta:

Hola, Gina:



Sin autorización a trabajar, no es posible darse de alta en la seguridad social. Por lo tanto, tendréis que esperar al 25 de mayo para ello. 



Para hacer una modificación a residencia por cuenta ajena, es necesario tener una residencia previa y la solicitud de asilo no está considerada como tal.



Espero haberte servido de ayuda.



Un saludo.

 


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