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Consulta     22/06/2023

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Formulada por: manuelart2012

Extensión de Protección Internacional o Asilo

Descripción: Muy buen día, mi consulta es la siguiente. Soy venezolano mayor de edad y el 17 de julio tengo cita en Extranjería en Almería. Quería consultar si una vez concedida la protección, puedo extenderla a mi esposa, de nacionalidad chilena y que se encuentra ya en España.

Nacionalidad: Venezuela

País de residencia: España

Provincia: Almeria

Comentario: Gracias de antemano por su tiempo

Respuesta 03/07/2023

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Aportada por: Lorena Parra Membrilla

Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Cuenca

Enunciado de respuesta:

Buenos días, en caso de concesión de protección internacional podrías realizar reagrupación familiar en virtud de lo establecido en el art. 41 de la Ley de Asilo. Podrás optar por reagrupar a tu cónyuge, aun cuando ya se encontrase en España, sin solicitar la extensión del estatuto que se disfrute, pues esta reagrupación es siempre aplicable cuando los beneficiarios sean de nacionalidad distinta a la persona refugiada o beneficiaria de protección subsidiaria. Tendrás que solicitar dicha reagrupación a la Oficina de Asilo y Refugio.



En caso de no concesión de protección internacional, pero si residencia por razones humanitarias, tendrás que tener en cuenta los requisitos establecidos en la normativa de extranjería (diferentes a la protección internacional) y solicitarlo en dicha Oficina.



Un saludo


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