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Consulta 18/02/2022
Formulada por: Angi03
Descripción: Buenas tardes.
Tengo dudas sobre qué pasará con mi residencia por familiar de ciudadano de la unión si el vínculo ha terminado, es decir, me he divorciado. He estado casada más de 3 años, viviendo en España, no he notificado a extranjería, porque no sabía que debía hacerlo. Ahora no se cual es el proceso que tengo que realizar.
¿Me podéis orientar por favor?
Muchas gracias.
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: España
Provincia: Valencia
Respuesta 21/02/2022
Aportada por: Iñigo Portilla Abiega
Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería
Enunciado de respuesta: Hola, No existe plazo para notificar el cambio de estado civil (el divorcio) a la oficina de extranjeros. A pesar de esto, muchas oficinas de extranjeros hablan de un plazo de 3 meses. Para conservar la residencia dentro del régimen comunitario, debería bastar con la duración de 3 años del matrimonio. Pero también es un hecho que algunas oficinas de extranjeros exigen, además, que se cuente con medios de vida para el mantenimiento del permiso de residencia como familiar de ciudadano de la UE. Si trabajas, te aconsejo presentar un escrito comunicando el divorcio a la oficina de extranjeros, aportando los medios de vida con los que cuentas. Si no trabajas, yo no comunicaría el divorcio. Aunque seguro que tendrás problemas a la hora de renovar. No conozco el funcionamiento de la oficina de extranjeros de Valencia pero los permisos de residencia de régimen comunitario, los cuales deberían ser más beneficiosos que las autorizaciones de residencia dentro del régimen general, no lo son en absoluto en la práctica. Supongo que depnderá bastante todo de que cuentes, o no, con un trabajo. Un saludo
Consulta 21/02/2022
Aportada por: Angi03
Enunciado de respuesta: Hola: Si tengo trabajo con contrato indefinido. Entonces la mejor opción es notificar en extranjería que ha terminado el vínculo, para no tener problemas a la hora de renovar? Muxhas gracias por la información.
Respuesta 22/02/2022
Aportada por: Iñigo Portilla Abiega
Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería
Enunciado de respuesta: Eso es Angi. Presentas un escrito, acreditando el divorcio y comunicando tu cambio de estado civil. Es una obligación legal que tienes. Y aportas tu nuevo empadronamiento y tus medios de vida: tu contrato de trabajo, 3 últimas nóminas, IRPF (si haces declaración de la renta). Puede que te pongan pegas pero ese es el camino correcto. Un saludo