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Consulta     16/04/2024

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Formulada por: ELENA77

Solicitud de asilo y refugio estando fuera de España

Descripción: Actualmente me encuentro en Venezuela con mis 2 hijos uno de 19 años una menor de 16 años y mi esposo de nacionalidad peruana, mis hijos son venezolanos de mi primer matrimonio. Vivíamos en Lima, Perú hasta febrero del 2024, pero fuimos victima de extorsión y amenazas contra nuestra integridad física. Salimos a Venezuela para arreglar documentos y registrar mi matrimonio realizado en Lima, Perú acá en el registro civil principal. Sin embargo, acá la situación cada día es más complicada, no hay fuentes de empleo, demasiada inseguridad y necesitamos trabajar. Gozamos de excelente salud, y disposición para trabajar y crecer por nuestros propios medios, estamos dispuestos a irnos a un pueblo en España y comenzar desde cero en paz, en prosperidad. Agradezco infinitamente la orientación y asesoría que pueda brindarme. Tenemos todos los pasaportes vigentes y documentación en regla no contamos con ningún problema legal ni policial todo puede ser verificable.

Nacionalidad: Venezuela

País de residencia: Venezuela

Comentario: necesitamos asesoria de proteccion internacional a la brevedad posible.

Respuesta 30/04/2024

Aportada por: Nerea Beamud

Enunciado de respuesta:

Buenos días:



Si ustedes están planteándose solicitar Protección Internacional en España, pueden realizar la solicitud ante autoridades policiales en el mismo aeropuerto a su llegada, o a través de llamada teléfono a los siguientes números de teléfono: 91 322 01 89/ 91 322 01 90) para obtener una cita en una de las comisarías de policía habilitadas al efecto.



Una vez formalizada su solicitud y si no cuentan con recursos económicos, tendrán derecho a acceder al sistema de acogida para personas solicitantes de Protección Internacional durante el tiempo que tarde en resolverse su solicitud y hasta un máximo de 18 meses siempre y cuando la resolución de su caso por parte del Ministerio de interior sea favorable o en tanto no haya sido resuelta.



La autorización para trabajar legalmente en España se obtiene a los 6 meses de haber formalizado la solicitud de asilo. Esta autorización perdurará hasta la resolución de su caso de asilo y se mantendrá en caso de que la resolución sea favorable, o en caso contrario la autorización de trabajo y de residencia cesará si la resolución es desfavorable.



Les invitamos a que nos pregunten dudas concretas si hay algún aspecto que no haya quedado resuelto,



Muchas gracias,



Un saludo


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