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Consulta     11/10/2022

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Formulada por: Kathe2000

Trabajar con asilo denegado

Descripción: Buenas noches estoy un poco desesperada ya que no se que hacer, me denegaron el asilo presente contencioso administrativo y luego una petición de medida cautelar y me la denegaron que puedo hacer una empresa está muy interesada en contratarme, muchas gracias a quien me pueda ayudar cumplo tres años en España el 1 de enero del 2023, que alguien me diga si me pueden contratar con el papel de la resolución y una copia del NIE que me denegaron

Nacionalidad: Colombia

País de residencia: España

Provincia: Valencia

Respuesta 13/10/2022

Aportada por: Laura Martín

Su tarjeta de presentación: Abogada.

Enunciado de respuesta:

Hola:



Una vez denegado el asilo y también el recurso contencioso-administrativo, lo más recomendable es buscar tu regularización por vías de Extranjería.



Al estar próxima a hacer tres años en España, en enero podrás valorar la opción de solicitar autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo social, siempre que tengas la posibilidad de firmar un contrato de trabajo que cumpla con los requisitos y puedas probar que llevas esos tres años en España. Te dejo el resto de requisitos y la documentación que debes presentar en el siguiente enlace:  



https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja036/index.html



Si no encuentras una oferta laboral compatible, puedes valorar la opción de trabajar por cuenta propia o acreditar que tienes medios de vida suficientes para tu manutención que supongan al menos, el 100% de la cuantía de la renta garantizada del Ingreso Mínimo Vital con carácter anual. 



Si has tenido una relación laboral de al menos 6 meses y al haber vivido en España durante dos años, podrías solicitar autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo laboral. Igualmente, necesitarías probar que has permanecido en España ese tiempo y la relación laboral que has tenido. Para más información, consulta este enlace: 



 



https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja035/index.html



Ambos trámites, los puedes realizar personalmente, con cita previa, en la Oficina de Extranjería de tu provincia, o mediante profesional habilitado.



Espero haberte servido de ayuda.



Un saludo.


Consulta 14/10/2022

Aportada por: Kathe2000

Enunciado de respuesta:

Aún no me han denegado el recurso contencioso me han denegado la vía cautelar 


Respuesta 17/10/2022

Aportada por: Laura Martín

Su tarjeta de presentación: Abogada.

Enunciado de respuesta:

En ese caso, podrías optar por la primera opción que he explicado, es decir, tramitar el arraigo social, ya que es compatible con la situación en la que te encuentras y podrías solicitarlo mientras esperas la respuesta al recurso contencioso-administrativo.



Un saludo.


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